REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO, EN LA PARTE QUE CORRESPONDE AL FONDO DE INVERSIÓN SOCIAL PARA EL DESARROLLO LOCAL DE EL SALVADOR (FISDL)

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

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DECRETO N¼ 229

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que por Decreto Legislativo N¼ 530, de fecha 10 de enero de 2008, publicado en

    el Diario Oficial N¼ 24, Tomo N¼ 378, del 5 de febrero del mismo a–o, se ratific—

    en todas sus partes el Memor‡ndum de Entendimiento entre la Secretar’a TŽcnica

    de la Presidencia de la Repœblica de El Salvador (STP), el Fondo de Inversi—n

    Social para el Desarrollo Local de El Salvador (FISDL) y la Agencia Espa–ola de

    Cooperaci—n Internacional para el Desarrollo (AECID), as’ como su Adenda I por

    valor de 4,000,000 y 6,000,000 de Euros, respectivamente, equivalentes a

    $,4,971,560 y $7,457,340, para el Apoyo Presupuestario Sectorial a la Pol’tica

    Nacional de Reducci—n a la Pobreza - Programa "Red Solidaria", ahora denominado

    "Comunidades Solidarias Rurales".

  2. Que mediante Decreto Legislativo N¼ 750, de fecha 5 de noviembre de 2008,

    publicado en el Diario Oficial N¼ 225, Tomo N¼ 381, del 28 del mismo mes y a–o,

    se ratific— la II Adenda al Memor‡ndum de Entendimiento antes mencionado por

    valor de 8,000,000 de Euros equivalentes a $9,943,120; y en armon’a con el

    Convenio B‡sico de Cooperaci—n entre la Repœblica de El Salvador y el Reino de

    Espa–a, ratificado mediante Decreto Legislativo N¼ 863, de fecha 30 de abril de

    2009, publicado en el Diario Oficial N¼ 94, Tomo N¼ 383, del 25 de mayo del

    mismo a–o, la Secretar’a de Estado de Cooperaci—n Internacional del Gobierno

    del Reino de Espa–a y el Viceministro de Cooperaci—n para el Desarrollo del

    Gobierno de la Repœblica de El Salvador, firmaron la III Adenda entre la Secretar’a

    TŽcnica de la Presidencia de la Repœblica de El Salvador, el Fondo de Inversi—n

    Social para el Desarrollo Local de El Salvador y la Agencia Espa–ola de

    Cooperaci—n Internacional para el Desarrollo, por valor de 6,000,000 de Euros

    equivalentes a $7,457,340, de cuyo monto a la fecha se tiene un saldo disponible

    por valor de $551,850 que ser‡ ejecutado en el presente ejercicio fiscal de 2012,

    para la realizaci—n de proyectos de infraestructura social b‡sica en los municipios

    de pobreza extrema severa y alta, comprendidos en el Proyecto N¼ 4997 Programa

    Sistema de Protecci—n Social Universal, el cual tiene una asignaci—n de $2,485,140

    para el ejercicio fiscal antes mencionado, por lo que con la presente modificaci—n

    el monto total para esos fines ascender‡ a $3,036,990.

  3. Que mediante Decreto Legislativo N¼ 755, de fecha 16 de junio de 2011, publicado

    en el Diario Oficial N¼ 113, Tomo N¼ 391, del 17 del mismo mes y a–o, se autoriz—

    al îrgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, para que por medio de su titular

    o del funcionario que Žl designe, suscribiera en nombre del Estado y Gobierno

    de la Repœblica de El Salvador un Convenio de PrŽstamo, cual es el No.

    2525/OC-ES, con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de

    hasta $20,000,000, para financiar la ejecuci—n del ÒProyecto Ciudad MujerÓ, el

    cual fue aprobado en todas sus partes por medio de Decreto Legislativo N¼ 779,

    de fecha 7 de julio de 2011, publicado en el Diario Oficial N¼ 130, Tomo N¼ 392,

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    INDICE LEGISLATIVO

    ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

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    del 12 del mismo mes y a–o; de cuyo monto, durante el presente ejercicio fiscal

    de 2012 se ha incorporado la cantidad de $11,085,875 para el financiamiento del

    Proyecto No. 5628 Construcci—n y Adecuaci—n de los Centros de Ciudad Mujer,

    que comprende los inmuebles ubicados en Usulut‡n, Santa Ana y San Mart’n; sin

    embargo, se requiere utilizar...

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