REFORMASE LA LEY DE PRESUPUESTO, EN LA PARTE QUE CORRESPONDE AL RAMO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PUBLICA Y DEL INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO DE LA NINEZ Y ADOLESCENCIA (ISNA)

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO N¼ 130

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPòBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que con el prop—sito de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 118, letra

    g) de la Ley Penal Juvenil, referente a que el menor tendr‡ derecho a que se le

    mantenga separado de los infractores mayores de dieciocho a–os durante la

    ejecuci—n de las medidas de internamiento, el Ministerio de Justicia y Seguridad

    Pœblica y el Instituto Salvadore–o para el Desarrollo Integral de la Ni–ez y la

    Adolescencia, ISNA, celebraron con fecha 17 de noviembre de 2010 un Convenio

    de Cooperaci—n Interinstitucional para establecer las bases y mecanismos de

    colaboraci—n entre ambas instituciones, el cual conlleva separar por criterio de

    edad, a los j—venes que cumplen medidas de internamiento en el Centro de

    Inserci—n Social del municipio de Tonacatepeque, en dos Sectores, as’: Centro

    de Inserci—n Social de Tonacatepeque que atiende a los menores de dieciocho

    a–os, cuya administraci—n corresponde al ISNA; y el Centro Intermedio de

    Tonacatepeque para mayores de dieciocho a–os, a cargo de la Direcci—n General

    de Centros Intermedios, DGCI, dependencia del referido Ramo.

  2. Que en el Convenio antes citado, entre otros aspectos, se establece que es

    responsabilidad de la Direcci—n General de Centros Intermedios de la citada

    Secretar’a de Estado cubrir los gastos de adquisici—n de bienes y servicios

    necesarios para el funcionamiento del Centro Intermedio; en tal sentido, con

    fecha 27 de marzo de 2012, el Ministro de Justicia y Seguridad Pœblica y la

    Directora Presidenta de la Junta Directiva del ISNA suscribieron otro Convenio

    de Cooperaci—n Interinstitucional, con el objeto de regular el suministro de

    alimentaci—n que el ISNA proporcionar‡ a los j—venes en conflicto con la Ley

    Penal Juvenil que ya cumplieron dieciocho a–os de edad y que se encuentran

    cumpliendo medidas de internamiento en el Centro Intermedio de

    Tonacatepeque, Departamento de San Salvador.

  3. Que en base a este œltimo Convenio, el Ramo de Justicia y Seguridad Pœblica

    debe transferir al ISNA durante el presente ejercicio financiero fiscal de 2012,

    la cantidad de US$434,610, con el prop—sito de restituir a dicho Instituto los

    recursos que se destinar‡n durante ese a–o para financiar los servicios de

    alimentaci—n a los j—venes mayores de dieciocho a–os, que se encuentran

    ...

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