REFÓRMASE EL D.L. 297/1995, POR MEDIO DEL CUAL SE DECLARA ZONA DE RESERVA ECOLÓGICA, UN TERRENO RÚSTICO DENOMINADO FINCA LA DALIA.

DECRETO Nº 564

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante el Decreto Legislativo número 297 de fecha 16 de marzo de 1995, publicado en el Diario Oficial Nº 79, Tomo Nº 327 del 2 de mayo del mismo año, se declaró ZONA DE RESERVA ECOLOGICA un terreno de naturaleza rústica, denominado FINCA LA DALIA, ubicada en la ciudad de Santa Ana, de una extensión superficial de noventa y cinco mil sesenta y dos punto treinta y cinco metros cuadrados, equivalentes a trece manzanas seis mil diecisiete punto nueve varas cuadradas.

  2. Que el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ha establecido que la zona en que se encuentra ubicada la comunidad La Dalia no es un área de reserva ecológica, esto por las características de la fauna y la flora que posee; en ese sentido dicho ministerio ha definido, en base a sus competencias, que es factible desafectar el inmueble en el que está establecida la comunidad en mención, a fin de lograr beneficiar a los habitantes de la misma.

  3. Que respecto a la oportunidad de sus habitantes de la comunidad referida en el inciso anterior de adquirir vivienda propia, introducir servicios básicos, realizar mejoras a las construcciones existentes y garantizar el derecho de sus descendientes, es una de las más grandes aspiraciones de quienes habitan en estos terrenos.

  4. Que el Art. 119 de la Constitución declara de interés social la construcción de viviendas y establece que el Estado procurará que el mayor número de familias salvadoreñas lleguen a ser propietarias de su vivienda.

POR TANTO,

en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa de los Diputados: José Francisco Merino López, Francisco Roberto Lorenzana Durán, Carlos Armando Reyes Ramos, Lorena Guadalupe Peña Mendoza, Manuel Vicente Menjívar Esquivel, Irma Lourdes Palacios Vásquez, Ernesto Antonio Angulo Milla, Félix Agreda Chachagua, Damián Alegría, José Antonio Armendáriz Rivas, Dina Yamileth Argueta Avelar, Eduardo Enrique Barrientos Zepeda, Alicia Elinor Barrios Méndez, Marta Evelyn Batres Araujo, Susy Lisseth Bonilla Flores, Abel Cabezas Barrera, Yohalmo Edmundo Cabrera Chacón, Ana Marina Castro Orellana, Crissia Suhan Chávez García, Darío Alejando Chicas Argueta, Ricardo...

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