REFÓRMASE EL D.L. Nº 73/2012
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
DECRETO N¼ 116
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
-
Que por Decreto Legislativo N¼ 919, de fecha 23 de noviembre de 2011,
publicado en el Diario Oficial N¼ 236, Tomo N¼ 393, del 16 de diciembre del
mismo ao, se aprob la Ley de Salarios para el Ejercicio Financiero Fiscal 2012.
-
Que por Decreto Legislativo N¼ 73, de fecha 25 de julio de 2012, publicado en
el Diario Oficial N¼ 146, Tomo N¼ 396 del 10 de agosto del mismo ao, se
reform la citada Ley, en la parte correspondiente al Ramo de Agricultura y
Ganadera, Centro Nacional de Tecnologa Agropecuaria y Forestal (CENTA), y
a la Escuela Nacional de Agricultura (ENA).
-
Que la reforma a que se refiere el considerando anterior, tiene por objeto
implementar un ajuste salarial al personal que labora en dichas instituciones, con
el propsito de dar cumplimiento a los nuevos retos y exigencias institucionales
en el marco del plan estratgico y del programa de agricultura familiar, ya que
existe la disponibilidad presupuestaria para financiar ese ajuste.
-
Que por un error involuntario en el decreto de reformas, se estableci que la
vigencia de ste sera a partir de su publicacin en el Diario Oficial, cuando la
intencin y el crdito presupuestario que se dispona era hacerlo efectivo en lo
concerniente al Ramo de Agricultura y Ganadera y de la Escuela Nacional de
Agricultura (ENA) a partir del primero de enero del presente ao, y para el Centro
Nacional de Tecnologa Agropecuaria y Forestal (CENTA) a partir del primero de
abril de este mismo ao.
-
Que de acuerdo a la nota de remisin de dicha iniciativa enviada por el Ministerio
de Hacienda y de acuerdo a las cifras presupuestarias presentadas por ste, la
aplicacin del referido decreto tendra que haberse efectuado a partir de las
fechas a que se refiere el considerando anterior.
-
Que por las razones antes expuestas, y con el propsito de plasmar el espritu
del referido decreto, es procedente reformar el contenido del mismo.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de las Diputadas Lorena Guadalupe Pea
Mendoza, Mariela Pea Pinto, Carmen Elena Caldern de Escaln, Ana Vilma Albanez de Escobar y Norma
Fidelia Guevara de Ramirios, y de los Diputados Jos Francisco Merino Lpez, Orestes Fredesman Ortez
Andrade, Guillermo Antonio Gallegos Navarrete, Carlos Walter Guzmn Coto, Mario Antonio Ponce Lpez,
Rodolfo...
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