REFORMASE EL ART. 85, INCISO PRIMERO, DE LA DISPOSICION TRANSITORIA DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 642, DEL 12 DE JUNIO DE 2008, QUE CONTIENE REFORMAS AL CODIGO DE COMERCIO

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO N¼ 25

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPòBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que la Constituci—n de la Repœblica en su Art. 102 inciso segundo, establece que

    el Estado fomentar‡ y proteger‡ la iniciativa privada dentro de las condiciones

    necesarias para acrecentar la riqueza nacional y para asegurar los beneficios de

    Žsta al mayor nœmero de habitantes del pa’s.

  2. Que mediante Decreto Legislativo N¼ 671, de fecha 8 de mayo de 1970, publicado

    en el Diario Oficial N¼ 140, Tomo N¼ 228, del 31 de julio del mismo a–o, se

    emiti— el C—digo de Comercio.

  3. Que el 12 de junio de 2008, por medio del Decreto Legislativo N¼ 641, publicado

    en el Diario Oficial N¼ 120, Tomo N¼ 379, del 27 de junio de 2008, se aprobaron

    las Reformas al C—digo de Comercio, habiŽndose establecido en las Disposiciones

    Transitorias, un plazo de dos a–os a partir de la vigencia del Decreto en

    referencia, para adecuar los pactos sociales de las sociedades mercantiles de

    conformidad a las reformas establecidas.

  4. Que se han realizado diferentes pr—rrogas al plazo de vencimiento, habiŽndose

    establecido el œltimo vencimiento para el 30 de junio de 2012, de conformidad

    al Decreto Legislativo N¼ 935, del 19 de diciembre de 2011, publicado en el Diario

    Oficial N¼ 239 y Tomo N¼ 393.

  5. Que a la fecha y estando por vencer el tŽrmino a que se hace referencia en el

    considerando anterior, muchas empresas, sobre todo peque–os y micro

    empresarios, no han podido cumplir ni est‡n en condiciones de cumplir con la

    obligaci—n antes se–aladas por causas ajenas a su voluntad, por lo que es

    conveniente apoyar a este sector, ampli‡ndose el plazo hasta el 31 de diciembre

    de 2012, en su proceso de modificaci—n de sus respectivos pactos sociales.

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de las Diputadas y los Diputados: Roberto

    JosŽ d?Aubuisson Mungu’a, Carmen Elena Calder—n de Escal—n, Eduardo Enrique Barrientos Zepeda,

    Mariela Pe–a Pinto y Ana Vilma de Escobar.

    DECRETA, la siguiente:

    REFORMA A LA DISPOSICIîN TRANSITORIA DEL DECRETO LEGISLATIVO N¼ 641, DE FECHA 12 DE JUNIO

    DE 2008, QUE CONTIENE REFORMAS AL CîDIGO DE COMERCIO.

    Art. 1.- Ref—rmase el Art. 85, inciso primero, Disposiciones Transitorias, de la siguiente manera:

    ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

    INDICE LEGISLATIVO

    ÒArt. 85.- Las Sociedades Mercantiles existentes, tendr‡n hasta el 31 de diciembre de 2012, para

    adecuar sus pactos...

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