REFORMASE EL ART. 85, INCISO PRIMERO, DE LA DISPOSICION TRANSITORIA DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 642, DEL 12 DE JUNIO DE 2008, QUE CONTIENE REFORMAS AL CODIGO DE COMERCIO
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
DECRETO N¼ 25
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPòBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
-
Que la Constitucin de la Repblica en su Art. 102 inciso segundo, establece que
el Estado fomentar y proteger la iniciativa privada dentro de las condiciones
necesarias para acrecentar la riqueza nacional y para asegurar los beneficios de
sta al mayor nmero de habitantes del pas.
-
Que mediante Decreto Legislativo N¼ 671, de fecha 8 de mayo de 1970, publicado
en el Diario Oficial N¼ 140, Tomo N¼ 228, del 31 de julio del mismo ao, se
emiti el Cdigo de Comercio.
-
Que el 12 de junio de 2008, por medio del Decreto Legislativo N¼ 641, publicado
en el Diario Oficial N¼ 120, Tomo N¼ 379, del 27 de junio de 2008, se aprobaron
las Reformas al Cdigo de Comercio, habindose establecido en las Disposiciones
Transitorias, un plazo de dos aos a partir de la vigencia del Decreto en
referencia, para adecuar los pactos sociales de las sociedades mercantiles de
conformidad a las reformas establecidas.
-
Que se han realizado diferentes prrrogas al plazo de vencimiento, habindose
establecido el ltimo vencimiento para el 30 de junio de 2012, de conformidad
al Decreto Legislativo N¼ 935, del 19 de diciembre de 2011, publicado en el Diario
Oficial N¼ 239 y Tomo N¼ 393.
-
Que a la fecha y estando por vencer el trmino a que se hace referencia en el
considerando anterior, muchas empresas, sobre todo pequeos y micro
empresarios, no han podido cumplir ni estn en condiciones de cumplir con la
obligacin antes sealadas por causas ajenas a su voluntad, por lo que es
conveniente apoyar a este sector, amplindose el plazo hasta el 31 de diciembre
de 2012, en su proceso de modificacin de sus respectivos pactos sociales.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de las Diputadas y los Diputados: Roberto
Jos d?Aubuisson Mungua, Carmen Elena Caldern de Escaln, Eduardo Enrique Barrientos Zepeda,
Mariela Pea Pinto y Ana Vilma de Escobar.
DECRETA, la siguiente:
REFORMA A LA DISPOSICIîN TRANSITORIA DEL DECRETO LEGISLATIVO N¼ 641, DE FECHA 12 DE JUNIO
DE 2008, QUE CONTIENE REFORMAS AL CîDIGO DE COMERCIO.
Art. 1.- Refrmase el Art. 85, inciso primero, Disposiciones Transitorias, de la siguiente manera:
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
ÒArt. 85.- Las Sociedades Mercantiles existentes, tendrn hasta el 31 de diciembre de 2012, para
adecuar sus pactos...
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