Refórmase la Ley De Bancos

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO N¼ 596

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad a la Constituci—n, el Estado debe ser el promotor del

    desarrollo econ—mico y social del pa’s mediante el incremento de la producci—n,

    la productividad y la racional utilizaci—n de los recursos.

  2. Que mediante Decreto Legislativo N¼ 697, de fecha 2 de septiembre de 1999,

    publicado en el Diario Oficial N¼ 181, Tomo N¼ 344, del 30 de ese mismo mes

    y a–o, se emiti— la Ley de Bancos.

  3. Que Las reservas de liquidez que hayan sido constituidas en forma de dep—sitos

    de dinero en d—lares de los Estados Unidos de AmŽrica, a la vista en el Banco

    Central o en t’tulos valores emitidos por Žste en la misma moneda, deber‡n

    mantenerse en efectivo o ser invertidas en el mercado internacional con un perfil

    de riesgo altamente conservador

  4. Que para los efectos anteriores, se hace necesario efectuar reformas a la Ley de

    Bancos.

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la Repœblica, por medio

    del Ministro de Econom’a.

    DECRETA las siguientes:

    REFORMAS A LA LEY DE BANCOS

Art. 1 Sustitœyase el inciso cuarto del art’culo 47 de la Ley de Bancos y agrŽgase un œltimo inciso,

de la manera siguiente:

ÒLas reservas de liquidez que hayan sido constituidas en forma de dep—sitos de dinero en d—lares

de los Estados Unidos de AmŽrica, a la vista en el Banco Central o en t’tulos valores emitidos por Žste en

la misma moneda, deber‡n mantenerse en efectivo o ser invertidas en el mercado internacional con un

perfil de riesgo altamente conservador, conforme a las pol’ticas de inversi—n que el Consejo Directivo

determine. En el caso de las inversiones, Žstas deben ser realizadas en oro monetario, tenencias de activos

internacionales de reservas con el Fondo Monetario Internacional y con organismos financieros multilaterales

o activos financieros l’quidos emitidos por emisores no residentes y estar denominados en monedas

libremente convertibles segœn sea el caso. La gesti—n de las reservas tambiŽn puede incluir operaciones

de reportes en ttulos de la reserva federal de los...

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