REFÓRMASE LA LEY DE FORMACIÓN PROFESIONAL
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
DECRETO N¼ 127
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPòBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
-
Que mediante Decreto Legislativo N¼ 554, de fecha 2 de junio de 1993, publicado
en el Diario Oficial N¼ 143, Tomo N¼ 320, del 29 de julio del citado ao, se emiti
la Ley de Formacin Profesional, la cual tiene por finalidad regular los alcances,
extensiones y forma en que debe ser puesto en vigor el sistema de formacin
profesional establecido en la Constitucin de la Repblica.
-
Que en la citada Ley, se crea el Instituto Salvadoreo de Formacin Profesional,
INSAFORP, como una institucin autnoma y con personalidad jurdica, bajo cuya
responsabilidad est la direccin y coordinacin del sistema de formacin
profesional para la capacitacin y calificacin de los recursos humanos, pblicos
y privados.
-
Que con la finalidad que la citada institucin autnoma cumpla en mejor forma
con sus atribuciones, es necesario fortalecer su institucionalidad, lo que conlleva
la concrecin de adecuaciones y modificaciones en su estructura directriz y de
administracin, para un mejor cumplimiento del objeto que esa ley traza a dicha
institucin autnoma, por lo que se hace necesario emitir las disposiciones
pertinentes.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la Repblica, por medio
del Ministro de Trabajo y Previsin Social, y de los Diputados y Diputadas Emma Julia Fabin Hernndez,
Marta Lorena Araujo, Daro Alejandro Chicas y Santiago Flores Alfaro.
DECRETA las siguientes:
REFORMAS A LA LEY DE FORMACIîN PROFESIONAL.
"Art. 8.- El Consejo Directivo tendr una estructura tripartita, formada por los sectores gobierno,
empleador y laboral. Estar integrado por doce miembros propietarios y doce suplentes, de la siguiente
manera:
1- Por el sector gobierno, cuatro representantes propietarios y sus suplentes, designados
por los Ministerios de Trabajo y Previsin Social, de Educacin, de Economa y de
Relaciones Exteriores.
2- Por el sector empleador, cuatro representantes propietarios y sus suplentes.
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3- Por el...
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