Refórmase la LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, en su Art. 113, incorporando también nuevos artículos, referidos a la alimentación saludable en los centros escolares.

DECRETO N° 166

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el inciso primero del artículo 1 de la Constitución de la República, establece que: "El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado, que está organizado para la consecución de la justicia, de la seguridad jurídica y del bien común"; y el artículo 54 de la misma dispone que: "El Estado organizará el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios".

  2. Que la Ley General de Educación, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 917, de fecha 12 de diciembre de 1996, publicada en el Diario Oficial N° 242, Tomo N° 333, de fecha 21 de diciembre de 1996, establece en su artículo 1° que: "La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes".

  3. Que siendo un mandato al Estado la protección integral de las niñas, niños y adolescentes, es necesario actualizar la legislación vigente, regulando el funcionamiento de las tiendas y cafetines escolares, desde un enfoque de protección del derecho a su salud, concretamente a través del ejercicio al derecho a una alimentación saludable, de tal forma que puedan contar con una oferta de alimentos sanos, nutritivos, seguros y adecuados al interior de los centros educativos públicos y privados del país, a fin de posibilitar su desarrollo evolutivo y facilitar su proceso de aprendizaje.

POR TANTO,

en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa de las Diputadas y los Diputados: Mario Alberto Tenorio Guerrero, Reynaldo Antonio López Cardoza, Lucia del Carmen Ayala de León, Yohalmo Edmundo Cabrera Chacón, Raúl Omar Cuéllar, Norma Fidelia Guevara de Ramirios, Mártir Arnoldo Marín Villanueva, Rodolfo Antonio Parker Soto, Patricia Elena Valdivieso de Gallardo, Juan Alberto Valiente Álvarez, y Reina Guadalupe Villalta; y con el apoyo de los Diputados y las...

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