Refórmase la Ley De Impuestos A La Actividad Económica Del Municipio De Berlín, Departamento De Usulután
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
DECRETO N¼ 719
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
-
Que la Asamblea Legislativa por Decreto N¼ 365, de fecha 27 de mayo de 2010,
publicado en el Diario Oficial N¼ 118, Tomo 387, de fecha 24 de junio del mismo
ao, emiti la Ley de Impuestos a la Actividad Econmica del Municipio de Berln,
Departamento de Usulutn.
-
Que dicha Ley en el Artculo 12 grava el activo de empresas conforme a una tabla
que contiene bases imponibles considerablemente elevadas para actividades
econmicas cuyos activos sean superiores a los cien mil dlares de los Estados
Unidos de Amrica.
-
Que dicha tabla se aplica tambin a las empresas generadoras de energa
elctrica, estableciendo impuestos sobre sus activos que son de cuantioso valor,
debido a la necesaria y excesiva cantidad de activos que stas empresas deben
poseer para su funcionamiento, lo cual no es congruente con el principio de
equidad que establece el Art. 131 ordinal 6¼ de la Constitucin, aplicable en
materia de impuestos; es por tal razn, que a fin de tomar en cuenta criterios
objetivos y razonables que demuestren una real capacidad econmica y tributaria,
en el caso de las empresas productoras de electricidad, se considera necesario
modificar el hecho generador y la base imponible del mismo por la generacin
y no por el valor de sus activos en dicha actividad econmica.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Carlos Cortez Hernndez
y Ana Daysi Villalobos Membreo.
DECRETA: la siguiente:
Reforma a la Ley de Impuestos Municipales a la Actividad Econmica del Municipio de Berln, emitida por
Decreto N¼ 365, de fecha 27 de mayo de 2010, publicado en el Diario Oficial N¼ 118, Tomo 387, de fecha
24 de junio del mismo ao.
Art. 1.- Interclese entre los artculos 12 y 13, el Art. 12-A, de la siguiente manera:
ÒArt. 12-A.- Por la generacin de energa elctrica, las empresas que se dediquen a tal actividad
y que posean instalaciones dentro del mbito del municipio de Berln, pagarn la suma de diez mil dlares
de los Estados Unidos de Amrica al mes ms veinticinco centavos de dlar por cada megavatio hora
generado, conforme al reporte mensual, extendido por la Unidad de Transacciones, S. A. de C. V., que
los contribuyentes debern presentar a la Municipalidad.
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