REFÓRMASE LA LEY DE INCENTIVOS FISCALES PARA EL FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES EN LA GENERACIÓN DE ELECTRICIDAD.

DECRETO N° 148

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el Art. 101, Inciso segundo de la Constitución de la República, establece que el Estado promoverá el desarrollo económico y social del país mediante el incremento de la producción, la productividad y la racional utilización de los recursos; asimismo y con igual finalidad, fomentará los diversos sectores de la producción.

  2. Que mediante Decreto Legislativo N° 462, de fecha 8 de noviembre de 2007, publicado en el Diario Oficial N° 238, Tomo N° 377, del 20 de diciembre del mismo año, se emitió la Ley de Incentivos Fiscales para el Fomento de las Energías Renovables en la Generación de Electricidad.

  3. Que es necesario incentivar el uso de fuentes renovables de energía, a efecto de disminuir la dependencia en la compra de combustibles fósiles, disminuir la contaminación ambiental en el país, reducir la emisión de gases de efecto invernadero y mejorar significativamente la balanza de pagos nacional.

  4. Que el desarrollo tecnológico ha abierto posibilidades para el uso de distintas fuentes de energía renovables que actualmente no están contempladas en la Ley, siendo necesario fomentar el aprovechamiento de fuentes renovables en la generación de energía eléctrica y, a la vez, permitir las inversiones que posibiliten el desarrollo sostenible de proyectos a gran escala que utilizan este tipo de recursos energéticos disponibles en el país, los cuales actualmente se encuentran excluidos de los beneficios de la Ley.

  5. Que en razón de lo expuesto en los considerandos anteriores, es imperativo reformar la mencionada Ley, con el fin de incluir nuevas fuentes de energía y ampliar la cobertura de los incentivos a proyectos de mayor tamaño.

POR TANTO,

en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Economía, y con el apoyo de los Diputados y las Diputadas Lorena Guadalupe Peña Mendoza, Ana Vilma Albanez de Escobar, José Serafín Orantes Rodríguez, Santiago Flores Alfaro, Jackeline Noemí Rivera Ávalos, Margarita Escobar, Rodolfo Antonio Martínez, José Javier Palomo Nieto, Karla Elena Hernández Molina, Calixto Mejía Hernández, Mártir Arnoldo Marín, Damián Alegría, Ana Marina Alvarenga Barahona, Rolando Alvarenga Argueta, Dina Yamileth Argueta Avelar, Rodrigo Ávila Avilés, Ana Lucía Baires de Martínez, Rosa Armida Barrera, Luis Alberto Batres Garay, Marta Evelyn Batres Araujo, Yohalmo Edmundo Cabrera Chacón, Manuel Orlando Cabrera Candray, José Vidal Carrillo Delgado, Silvia Alejandrina Castro Figueroa, Crissia Suhan Chávez García, Norma Cristina Cornejo Amaya, Valentín Arístides Corpeño, Felissa Guadalupe Cristales Miranda, Rosa Alma Cruz Marinero, René Alfredo Portillo Cuadra, Lucia del

Carmen Ayala de León, José Edgar Escolán Batarse, Jorge Adalberto Josué Godoy Cardoza, Ricardo Ernesto Godoy Peñate, Norma Fidelia Guevara de Ramirios, Estela Yanet Hernández Rodríguez, Ana Mercedes Larrave de Ayala, Audelia Guadalupe López de Kleutgens, Hortensia Margarita López Quintana, Mario Marroquín Mejia, Rolando Mata Fuentes, María Otilia Matamoros de Hernández, Misael Mejía Mejía, José Santos Melara Yanes, Ana Victoria Mendoza de Zacarías, Julio César Miranda Quezada, José Mario Mirasol Cristales, José Alfredo Mirón Ruiz, Ernesto Luis Muyshondt García Prieto, Ana María Gertrudis Ortiz Lemus, Silvia Estela Ostorga de Escobar, Carlos Alberto Palma Zaldaña, Lisseth Arely Palma Figueroa, Nelson de Jesús Quintanilla Gómez, Carlos Armando Reyes Ramos, Sonia Margarita Rodríguez Sigüenza, Alberto Armando Romero Rodríguez, Carlos Alberto García, Marcos Francisco Salazar Umaña, Patricia...

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