REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO, EN LA PARTE QUE CORRESPONDE A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, PARA INCORPORAR $386,692.00.

DECRETO No. 679

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que por Decreto Legislativo N° 405, de fecha 1 de julio de 2010, publicado en el Diario Oficial N° 133, Tomo N° 388, del 15 del mismo mes y año, se autorizó al Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, para que por medio de su titular o funcionario que él designe, suscribiera en nombre del Estado y Gobierno de la República de El Salvador un Convenio de Préstamo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, BIRF, por un monto de US$50,000,000.00 para financiar el Proyecto 201cProtección de Ingresos y Empleabilidad201d, cuyas Instituciones ejecutoras serían la Secretaría Técnica de la Presidencia de la República, el Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local de El Salvador y el Ramo de Trabajo y Previsión Social; Convenio que fuera aprobado en todas sus partes, mediante Decreto Legislativo N° 439, de fecha 12 de agosto de 2010, publicado en el Diario Oficial N° 157, Tomo N° 388, del 25 del mismo mes y año; siendo el Convenio de Préstamo N° 7811-SV, suscrito el 19 de julio de 2010.

  2. Que en el Artículo III 2013 Proyecto del referido Convenio de Préstamo, se establece que la coordinación de los objetivos del Proyecto estará a cargo de la Secretaría Técnica de la Presidencia de la República, la que a su vez es la responsable de la ejecución de la Parte C: Apoyo al diseño y desarrollo del Sistema de Protección Social Universal, por un monto de $2,300,000.00 el cual fue destinado al Proyecto de Asistencia Técnica Código 30029 201cApoyo al Diseño y Desarrollo del Sistema de Protección Social Universal (BIRF 7811-SV)201d, habiéndose devengado durante los ejercicios fiscales 2012 y 2013, la cantidad de $1,500,089.00 reflejando a la fecha una disponibilidad de $799,911.00

  3. Que durante la ejecución del citado Proyecto, se han identificado actividades complementarias que resultan necesarias e imprescindibles desarrollar, para alcanzar los objetivos propuestos y que tienen un costo adicional de $386,692.00 por lo que para financiar dicho monto, se gestionó con el BIRF una modificación a la distribución de recursos por categoría, con el propósito de reorientar para dicho fin, la cantidad de $215,000.00 asignada originalmente al Ramo de Trabajo y Previsión Social, modificación que fue aprobada por ese Organismo, mediante Enmienda al Convenio de Préstamo N° 7811-SV, de fecha 2 de agosto de 2013 y respecto a la diferencia por $171,692.00 ésta será...

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