Refórmase la Ley de Salarios, en la parte que corresponde al Ramo de Gobernación y Desarrollo Territorial, para hacer efectiva nivelación salarial de 246 plazas inferiores a $440 mensuales, e incorporación de plaza de Director de Circuito de Teatros Nacionales.

DECRETO No. 962

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Legislativo N° 867, de fecha 20 de noviembre de 2014, publicado en el Diario Oficial N° 229, Tomo N° 405, del 8 de diciembre de ese mismo año, se votó la Ley de Salarios correspondiente al Ejercicio Financiero Fiscal 2015;

  2. Que con fecha 12 de agosto de 2013, se celebró Contrato Colectivo de Trabajo entre los titulares del entonces Ministerio de Gobernación y la Coalición Sindical conformada por las organizaciones de trabajadores y trabajadoras de las diferentes dependencias de esa Cartera de Estado, el cual regula las relaciones laborales entre los trabajadores que prestan sus servicios en y para el Ramo de Gobernación y que fue inscrito en el Ministerio de Trabajo y Previsión Social el día 14 de noviembre del mismo año; en ese sentido, en la Cláusula No. 94 Salarios del citado Contrato, se establece que durante su primer año de vigencia se deberán nivelar a un monto de $440.00 los salarios de todos los trabajadores y trabajadoras que devenguen una cantidad menor a ese valor, lo cual estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria, a las aprobaciones de las Instituciones respectivas, así como a los trámites legales correspondientes;

  3. Que mediante Decreto Legislativo N° 856, de fecha 13 de noviembre de 2014, publicado en el Diario Oficial N° 218, Tomo N° 405, del 21 del mismo mes y año, se aprobó modificación a la Ley de Salarios del Ejercicio Financiero Fiscal 2014, en la parte correspondiente al Ramo de Gobernación y Desarrollo Territorial, a efecto de nivelar en un primer momento un total de 169 plazas con salario inferior a $400.00 mensuales, haciéndolos llegar a ese monto, con lo cual se dio cumplimiento parcial a la Cláusula antes referida; por lo que, en esta oportunidad y con el propósito de completar lo establecido en dicha disposición, se requiere nivelar un total de 246 plazas que devengan un salario inferior de $440.00 mensuales, ajustándolos a dicho monto, lo que implica un costo anual de $209,800.00 y que será financiado con disponibilidades provenientes del rubro 54 Adquisiciones de Bienes y Servicios del mismo Ramo;

  4. Que mediante Decreto Legislativo N° 853, de fecha 13 de noviembre de 2014, publicado en el Diario Oficial N° 218, Tomo N° 405, del 21 del mismo mes y año, se aprobó modificación a la Ley de Salarios del Ejercicio Financiero Fiscal 2014, a fin de incorporar una plaza de Director de Circuito de Teatros Nacionales, con un sueldo mensual de $3,000.00 y de esa manera, cumplir con lo establecido en la Resolución de fecha 20 de junio de 2014 emitida por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que ordenaba a dicho Ministerio la restitución del señor Jesús Benjamín Bran Argueta en el cargo de Director de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional o en otro cargo de igual categoría;

  5. Que la plaza en referencia no fue incorporada durante el proceso de formulación presupuestaria 2015, debido a que la reforma fue aprobada en fecha posterior a la presentación del Proyecto de Ley de Salarios 2015 a la Asamblea Legislativa; por lo que se requiere incorporar a la Ley de Salarios vigente de 2015, la plaza de Director de Circuito de Teatros Nacionales, con un sueldo mensual de $3,000.00 y un costo anual de $39,415, la cual deberá consignarse en la Unidad Presupuestaria 01 Dirección y Administración Institucional, Línea de Trabajo 02 Administración General y será financiada con recursos programados en el rubro 54 Adquisiciones de Bienes y Servicios del citado Ramo;

    DECRETO No. 962

  6. Que con el propósito que el Ramo de Gobernación y Desarrollo Territorial pueda darle cumplimiento a los compromisos establecidos en el Contrato Colectivo aprobado y sobre la base de lo ordenado por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se hace necesario reformar la Ley de Salarios vigente de 2015, efectuando los ajustes correspondientes y adicionando una plaza de Director de Circuito de Teatros Nacionales.

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Hacienda,

    DECRETA:

Art. 1 En la Ley de Salarios del presente Ejercicio Financiero Fiscal, cuya vigencia comprende del 1 de enero al 31 de diciembre de 2015, Apartado I-SALARIOS CON APLICACIÓN AL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO, en la parte correspondiente al Ramo de Gobernación y Desarrollo Territorial, sustitúyese la Ley de Salarios, por la que a continuación se detalla:

UP: 01 Dirección y Administración Institucional

LT: 01 Dirección Superior

Código: 2015-2300-2-01-01-21-1

No. de Sueldo Partida Detalle de Plazas Plazas Mensual

1 Ministro:

1) Sueldo ................................................................ 2,773.72

2) Gastos de Representación ..................................... 571.43 1 3,345.15

2 Viceministro:

1) Sueldo ................................................................ 2,080.58

2) Gastos de Representación ..................................... 571.43 1 2,652.01

3 Asesor ............................................................................... 1 3,000.00

4 Técnico Especialista IV......................................................... 1 2,354.28

5 Asistente II ........................................................................ 1 1,250.00

6 Jefe de Departamento I ....................................................... 1 1,100.00

7 Asistente I ......................................................................... 2 1,050.00

8 Técnico Auditor II ............................................................... 1 1,034.71

9 Técnico Auditor II ............................................................... 1 1,019.15

10 Técnico III ......................................................................... 1 1,019.15

11 Técnico III ......................................................................... 1 951.88

12 Técnico Auditor I ................................................................ 3 887.68

13 Secretaria IV ...................................................................... 1 838.01

14 Técnico Auditor I ................................................................ 1 838.01

15 Técnico II .......................................................................... 1 707.17

16 Secretaria III ...................................................................... 1 615.74

17 Técnico I ........................................................................... 1 615.74

18 Motorista ........................................................................... 1 560.00

19 Auxiliar III ......................................................................... 1 557.36

20 Auxiliar II .......................................................................... 1 454.30

21 Auxiliar I ............................................................................ 3 440.00

2

DECRETO No. 962

LT: 02 Administración General Código: 2015-2300-2-01-02-21-1

No. de Sueldo Partida Detalle de Plazas Plazas Mensual

22 Director de Circuito de Teatros Nacionales .............................. 1 3,000.00

23 Técnico Especialista V .......................................................... 1 2,648.59

24 Técnico Especialista III ........................................................ 1 2,118.85

25 Técnico Especialista III ........................................................ 1 1,933.43

26 Técnico Especialista III ........................................................ 1 1,815.72

27 Técnico Especialista II ......................................................... 1 1,698.00

28 Asesor ............................................................................... 1 1,650.00

29 Técnico Especialista II ......................................................... 1 1,615.60

30 Técnico Especialista II ......................................................... 1 1,580.28

31 Jefe de Departamento II ...................................................... 1 1,550.00

32 Jefe de Departamento II ...................................................... 1 1,350.00

33 Técnico Especialista I ......................................................... 2 1,300.00

34 Médico .............................................................................. 1 1,248.58

35 Técnico IV ......................................................................... 3 1,227.15

36 Técnico IV ......................................................................... 2 1,125.00

37 Técnico IV ......................................................................... 1 1,079.11

38 Técnico III ......................................................................... 1 1,052.74

39 Jefe de Departamento I ....................................................... 2 1,019.15

40 Técnico III ......................................................................... 3 1,019.15

41 Jefe de Departamento I ....................................................... 1 1,016.08

42 Técnico III ......................................................................... 1 959.59

43 Técnico III ......................................................................... 4 951.88

44 Asistente I...

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