Resolución No. 399-2018.- Aprobar la adopción por parte de la República de Panamá, del código, la descripción y los Derechos Arancelarios de Importación (DAI) del Arancel Centroamericano de Importación

EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 38, 39 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002, el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), tiene bajo su competencia los asuntos de la Integración Económica Centroamericana, por lo que le corresponde aprobar los actos administrativos aplicables en los Estados Parte del Subsistema Económico;

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Protocolo de Incorporación de la República de Panamá al Subsistema de Integración Económica del Sistema de la Integración Centroamericana (Protocolo de Incorporación), Panamá aplicará el código, la descripción y los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI), establecidos en la Parte I del Arancel Centroamericano de Importación a partir de la entrada en vigor de dicho Protocolo, salvo las excepciones contenidas en los Anexos 5.1 y 5.2;

Que de conformidad con el referido artículo del Protocolo de Incorporación, la República de Panamá celebrará negociaciones con los demás países miembros del Subsistema de Integración Económica Centroamericana para ir adoptando las excepciones de los Anexos 5.1 y 5.2 del Protocolo de Incorporación;

Que la República de Panamá y el resto de los Estados Parte del Subsistema Económico, han alcanzado un consenso para aplicar el código, descripción y los Derechos Arancelarios a la Importación para las grasas y aceites exceptuados en los referidos anexos, por lo que la Reunión de Viceministros, con base en las facultades conferidas en el Acuerdo No. 01-2013 (COMIECO-LXV), de fecha 21 de junio de 2013, ha elevado a este Foro una propuesta para su respectiva consideración y eventual aprobación,

POR TANTO:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 38, 39, 46, 52 y 55 del Protocolo de Guatemala; y 22 y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano,

RESUELVE:

  1. Aprobar la adopción, por parte de la República de Panamá, del código, la descripción y los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) del Arancel Centroamericano de Importación, para los incisos arancelarios correspondientes a grasas y aceites, en la forma y plazos que aparecen en el Anexo de la presente Resolución y que forma parte integrante de la misma.

  2. Quedan sin efecto los incisos arancelarios de las grasas y aceites de los Anexos 5.1 y 5.2 del...

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