DECLARASE EL SEGUNDO SÁBADO DEL MES DE OCTUBRE DE CADA AÑO, DÍA NACIONAL DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN Y LA EDUCACIÓN FÍSICA

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO Nº 851

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad con el artículo 131, ordinal 11º, de la Constitución de la

    República, es facultad de esta Asamblea Legislativa, decretar, de una manera

    general, beneficios e incentivos fiscales o de cualquier naturaleza, para la

    promoción de actividades culturales, científicas y de cualquier otra índole.

  2. Que es obligación del Estado, asegurar a los habitantes de la República la salud,

    la educación y la cultura, los cuales aunados al deporte y a las actividades físicas,

    se convierten en una herramienta potencial para mejorar la calidad de vida de

    la población, principalmente en relación con la salud física y mental de las

    personas; debiendo ser una prioridad del Estado, su conservación fomento y

    difusión.

  3. Que de acuerdo a las facultades autónomas de los Municipios, éstos cuentan con

    un Gobierno Municipal encargado de la rectoría y gerencia del bien común local,

    encontrándose dentro de las facultades que se les otorga a través del Código

    Municipal, las de promover la educación, la cultura, el deporte, la recreación y

    la promoción de la participación ciudadana, entre otras.

  4. Que el deporte se constituye como un mecanismo eficaz para enfrentar la

    marginación y la discriminación, alentando la inserción de las y los jóvenes en

    el sistema y favoreciendo su desarrollo en la comunidad; lo que conlleva, a una

    superación personal y valoriza el trabajo en equipo y la cooperación.

  5. Que en virtud de lo antes expuesto, es procedente declarar el segundo sábado

    del mes de octubre de cada año, como “Día Nacional del Deporte, la Recreación

    y la Educación Física”.

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados y la Diputada: Karla Gisela

    Abrego Cáceres, José Álvaro Cornejo Mena, Guillermo Antonio Olivo Méndez, y con adhesión a la misma

    de las Diputadas y los Diputados: Alberto Armando Romero Rodríguez, Félix Ágreda Chachagua, Federico

    Guillermo Ávila Qüehl, Eduardo Enrique...

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