Sentencia Nº 001-21-AH-F de Cámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana, 15-01-2021

Sentido del falloInadmisibilidad del recurso
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaFAMILIA
Fecha15 Enero 2021
Número de sentencia001-21-AH-F
Tribunal de OrigenJUZGADO DE FAMILIA, AHUACHAPÁN
EmisorCámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana
001-21-AH-F
CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DE OCCIDENTE: Santa Ana, a las doce horas del
día viernes quince de enero del año dos mil veintiuno.
IDENTIFICACIÓN DEL PROCESO
La presente providencia corresponde al incidente del recurso de apelación interpuesto en
el proceso de violencia intrafamiliar procedente del Juzgado de Familia de Ahuachapán, con
Número Único de Identificación AH F-804(7 VIF)2020, el cual ha sido iniciado por denuncia de
la señora ********; de oficios domésticos, contra su cónyuge, el señor ********, abogado y
notario, quien ejerce su propia procuración. Ambos son mayores de edad y del domicilio de
Ahuachapán.
El incidente de apelación de esta Cámara ha sido registrado con la referencia 001-21-AH-
F.
UTILIZACIÓN DE FORMAS ABREVIADAS
Salvo que indiquemos algo diferente, en el desarrollo de esta providencia hacemos uso de
las siguientes formas abreviadas: “LCVI” corresponde a la Ley Contra la Violencia Intrafamiliar;
“Pr.F.”, a la Ley Procesal de Familia; “Pr.C.M.”, al Código Procesal Civil y Mercantil; “fs.”, a
los folios del expediente tramitado en la Instancia; y “Cámara”, a la Cámara de Familia de la
Sección de Occidente.
DECISIÓN E IMPUGNACIÓN
DECISIÓN. Mediante sentencia interlocutoria pronunciada a las 11 horas 30 minutos del
día 02 de diciembre del año 2020 (fs.5 al 7) el señor Juez de Familia interino de Ahuachapán,
licenciado Raúl Wilfredo Barrientos Bolaños, dictó las siguientes medidas de protección a favor
de la señora ******** y bajo la responsabilidad de la misma, contra el señor ********: “SE
ORDENA al señor ******** con base a la legislación aplicable supra relacionada.. a) Que se
abstenga de hostigar, perseguir, intimidar, amenazar o realizar otras formas de maltrato en contra
de la señora ********, o de cualquier otra personal del grupo familiar que comparta o no la
misma vivienda. b) Que se abstenga de realizar actos de hostigamiento, intimidación,
provocación, amenazas u otros semejantes que puedan dar lugar o propicien la violencia
Intrafamiliar. c) Que no amenace a la señora ********, en el ámbito público como en el privado.
d) Se concede orden de allanamiento de morada a favor de los agentes de la Policía Nacional
Civil de esta ciudad, para que puedan ingresar a la vivienda donde reside la parte denunciante,

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