Sentencia Nº 05-2019-PDC-APEL de Cámara Ambiental de Segunda Instancia, 12-02-2019

Sentido del falloConfírmase el auto definitivo venido en apelación.
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaCIVIL Y MERCANTIL
Fecha12 Febrero 2019
Número de sentencia05-2019-PDC-APEL
Tribunal de OrigenJUZGADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA
EmisorCámara Ambiental de Segunda Instancia
05-2019-PDC-APEL
Cámara Ambiental de Segunda Instancia: Santa Tecla, a las catorce horas y ocho minutos del día
doce de febrero de dos mil diecinueve.
El presente incidente de apelación, fue iniciado por los licenciados René Alfonso Padilla y
Velasco y Erick Mauricio Rodríguez Avilés, mayores de edad, abogados y notarios, del domicilio
de San Salvador, departamento de San Salvador, en calidad de Apoderados Generales Judiciales
de la señora AGRJ, conocida por AGRM, en contra del auto definitivo de las nueve horas con
treinta y un minutos del día dieciocho de octubre de dos mil dieciocho (fs. 29-30, del proceso
principal), proveído por el señor Juez de lo Civil de Santa Tecla, departamento de La Libertad, en
el Proceso Declarativo Común de Prescripción Adquisitiva y Cancelación de Inscripción, Ref.
106-C-2018-4, promovido por los profesionales inicialmente identificados, en contra de la señora
RPP. En atención al recurso interpuesto, se hacen las consideraciones siguientes:
I. Decisión sin audiencia de apelación.
1- Mediante decreto de las nueve horas y cuatro minutos del día veintiuno de enero de dos
mil diecinueve (fs. 10-12), se determinó que el recurso interpuesto es admisible, por cuanto se
verificó que el mismo cumple con los supuestos de los Arts. 508, 510, 511 y 513 CPCM y,
consecuentemente, ante la inexistencia de parte apelada, se omitió la realización de audiencia a la
que se refieren los artículos 513 y 514 CPCM, por lo que el presente incidente ha quedado en
estado de dictar la decisión que resuelva sobre la impugnación planteada, en el plazo señalado en
el Art. 515 CPCM; en ese sentido, se procederá a dictar la misma.
II. Antecedentes del caso.
1) En fecha trece de agosto de dos mil dieciocho, los licenciados René Alfonso Padilla y
Velasco y Erick Mauricio Rodríguez Avilés, presentaron demanda de Proceso Declarativo
Común de Prescripción Adquisitiva y Cancelación de Inscripción, en la Secretaría Receptora de
Demandas de este Centro Judicial Integrado, pretendiendo, en síntesis, que en sentencia se
declare la prescripción ordinaria, a favor de su representada, en relación al inmueble objeto de
litigio, ordenándose la inscripción del mismo a favor de su representada. Además, que se ordene
la cancelación de la inscripción correspondiente a la demandada, condenándole en las costas
procesales.
2) El señor Juez de lo Civil de Santa Tecla, departamento de La Libertad, mediante
decreto de las ocho horas con cuarenta y nueve minutos del día veintiuno de agosto de dos mil

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