Sentencia Nº 095-2020-3C de Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador, 12-10-2020

Sentido del falloCONDENATORIA
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha12 Octubre 2020
Número de sentencia095-2020-3C
Delito Posesión y tenencia con fines de tráfico
EmisorTribunal Tercero de Sentencia de San Salvador
095-2020-3C
TRIBUNAL TERCERO DE SENTENCIA: SAN SALVADOR, a las catorce horas del día
doce de octubre del año dos mil veinte.
Visto en Juicio Oral y Público el proceso penal con número 095-2020-3c, diligenciado en
contra de UAME, quien al interrogatorio de identificación en la Audiencia de Vista Pública, de
conformidad al artículo 91 del Código Procesal Penal, manifestó ser de veintidós años, estudió
hasta noveno grado, soltero, nació el día **********, tiene un negocio propio, con ingresos
semanales de ciento cincuenta dólares aproximadamente, reside en **********, Soyapango San
Salvador, hijo de ********** y **********; por el delito de TRÁFICO ILÍCITO, tipificado y
sancionado en el Art. 33 Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas, en perjuicio
de LA SALUD PÚBLICA; el cual, en audiencia de Vista Pública, se modificó su calificación
jurídica de manera definitiva, por el delito de POSESIÓN Y TENENCIA con FINES DE
TRÁFICO, tipificado y sancionado en el artículo 34 inciso 3 de la Ley Reguladora de las
Actividades Relativas a las Drogas
La Vista Pública ha sido dirigida y presidida por la señora Jueza de este Tribunal,
licenciada Linda Jacel Peraza Fuentes, de conformidad a lo establecido en los artículos 53 del
Código Procesal Penal.
Han intervenido como partes de la representación Fiscal la Licenciada JESSICA
SORAYA GUTIERREZ ROJAS, como Defensa Técnica en su carácter Particular los
Licenciados MOISÉS RAMOS ROSALES, FERNANDO OROZCO y EDWIN ENRIQUE
HERNÁNDEZ VARELAS.
HECHOS ACUSADOS OBJETO DEL JUICIO
Según los hechos investigados, éstos sucedieron de la siguiente manera: “El día treinta de
noviembre de dos mil diecinueve, aproximadamente a las dos horas, cuando los elementos de la
Policía Nacional Civil destacados en la sección Táctica Operativa de la delegación de Soyapango,
RAR, MJM y AAAJ se encontraban efectuando patrullaje preventivo a bordo del equipo policial
01-2636, por el parqueo conocido como La Bomba, de la Colonia Las Margaritas primera etapa,
municipio de Soyapango, observaron a un sujeto sospechoso, por lo que desabordaron el equipo
policial y se desplazaron a pie hacia donde él se encontraba, viendo que en el lugar había un
vehículo con el baúl abierto y junto al automotor se encontraba el referido individuo, quien al
notar la presencia policial huyó del lugar, lo que provocó una persecución que culminó con la
intercepción de dicho sujeto, quien dijo llamarse UAME, se procedió a requisarlo encontrándole
un teléfono celular y dinero en efectivo que portaba en la bolsa delantera izquierda del pantalón
que portaba y al verificar el baúl del automotor, el cual es placas **********, observaron que en
su interior habían dos porciones grandes de material vegetal que se encontraba a su vez en el
interior de una bolsa plástica color negro, así como varias porciones pequeñas de material
vegetal, cada una al interior de una bolsa plástica transparente, y por creerse razonablemente que
el material vegetal podría ser droga ilícita, se coordinó con la sección antinarcóticos de la Policía
Nacional Civil de Soyapango, de donde se desplazó el técnico en identificación de drogas,
AACH, a quien el agente AJ le indicó donde se encontraba el material sospechoso, procediendo
de inmediato el técnico a efectuar la correspondiente prueba de campo, tomando al azar una de
las dos porciones grandes, de la cual extrajo una pequeña porción de material vegetal, obteniendo
en el acto un resultado positivo a marihuana, posteriormente hizo lo mismo con una de las
porciones pequeñas de material vegetal y de igual manera obtuvo un resultado positivo a
marihuana, contabilizando un total de ciento sesenta y ocho porciones de marihuana, fijando las
evidencias así: evidencia 1: ciento sesenta y ocho porciones de marihuana, 1.1.: dos porciones
grandes de marihuana; evidencia 2: un teléfono celular marca Samsung color azul, con chip de la
empresa claro; evidencia 3: setenta dólares en efectivo, así como el vehículo marca Hyundai,
placas **********, siendo por tales resultados que a las dos horas con cuarenta y cinco minutos
de ese día, se le indicó a UAE, que estaba en situación de detención por el delito de Posesión y
Tenencia con Fines de tráfico, haciéndole saber los derechos que la ley le confiere”.
PRUEBA DESFILADA EN JUICIO
La prueba producida durante el desarrollo de la vista pública fue la siguiente:
A) PRUEBA TESTIMONIAL DE CARGO:
1) DECLARACIÓN DE AAAJ, quien a preguntas de fiscalía dijo: es agente operativo
de la Sección Táctica Operativa de la Delegación de Soyapango, tiene cuatro años de pertenecer
ahí, es de la Policía Nacional Civil, el motivo de su presencia es por un procedimiento que
realizaron el treinta de noviembre de dos mil diecinueve a las dos horas con diez minutos de la
madrugada, en el parqueo conocido como La Modelo de la Urbanización de la Margaritas,
primera etapa, de Soyapango, andaban realizando un patrullaje táctico represivo, le acompañaban
RARR y MJMR, mientras se desplazaban por la calle principal a bordo del vehículo policial,
observaron un sujeto sospechoso en el interior de dicho parqueo, era sospechoso por la hora en la

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