Sentencia Nº 1-2MC-19-A de Cámara Segunda de lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador, 14-01-2019

Sentido del falloRevócase el auto venido en apelación.
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaCIVIL Y MERCANTIL
Fecha14 Enero 2019
Número de sentencia1-2MC-19-A
Tribunal de OrigenJUZGADO SEGUNDO DE MENOR CUANTÍA DE SAN SALVADOR
EmisorCámara Segunda de lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador
1-2MC-19-A
CÁMARA SEGUNDA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San
Salvador, a las catorce horas y veinticinco minutos del día catorce de enero de dos mil
diecinueve.
El presente recurso de apelación fue interpuesto por la licenciada Patricia Elena Sánchez
de Morán, representante procesal de la institución demandante, Fondo Social para la Vivienda,
en contra del auto definitivo pronunciado a las nueve horas del día once de diciembre de dos mil
dieciocho, en el proceso ejecutivo promovido por la citada profesional, en contra del señor
HALR conocido por HARL, clasificado bajo el número de referencia 13801-18-MCEC-2CM2,
pronunciado por el Juzgado Segundo de Menor Cuantía de San Salvador (Juez 2).
Ha intervenido en el presente incidente lalicenciada Patricia Elena Sánchez de Morán,
en la calidad de apoderada general y especial judicial del Fondo Social para la Vivienda,
demandante en primera instancia y apelante en ésta, no así el señor HALR conocido por HARL,
en virtud del estadio en que se encuentra el proceso.
El objeto del presente incidente de apelación es que en sentencia se revoque el auto de las
nueve horas del día once de diciembre de dos mil dieciocho.
VISTOS LOS AUTOS YCONSIDERANDO:
I.- ANTECEDENTES DE HECHO
1. RESOLUCIÓN IMPUGNADA
El auto definitivo recurrido en lo pertinente expresa: “…DECLÁRESE
IMPROPONIBLE la demanda interpuesta por la licenciada Patricia Elena Sánchez de Morán,
contra el señor HALR conocido por HARL, por las razones antes expuestas…”
2.SUSTANCIACIÓN DELPROCESO EN PRIMERA INSTANCIA
2.1 ALEGACIONES DE LAS PARTES
2.1.1 ALEGACIONES DE LA PARTE DEMANDANTE
En la demanda presentada, lalicenciada Patricia Elena Sánchez de Morán alegó en lo
pertinente: Que según testimonio de mutuo hipotecario otorgado en la ciudad de San Salvador, a
las catorce horas y cincuenta minutos del día veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y
cinco, el señor HALR conocido por HARL, recibió a título de mutuo de parte del Fondo Social
para la Vivienda la cantidad de cincuenta y ocho mil cincuenta cólones, equivalentes a seis mil
seiscientos treinta y cuatro dólares con veintinueve centavos de dólar de los Estados Unidos de

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