Sentencia Nº 10-2-2021 de Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador, 04-05-2021

Sentido del falloCONDENATORIA
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha04 Mayo 2021
Número de sentencia10-2-2021
Delito Violación en menor o incapaz
EmisorTribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador
10-2-2021
SENTENCIA
TR.IBUNAL CUAR.TO DE SENTENCIA: San Salvador, a las catorce horas con veinte minutos
del cuatro de mayo de dos mil veintiuno.
Visto en Juicio O. y Público el Proceso Penal R.eferencia 10-2-2021 que se ha seguido
en contra de R.AFH, quien dijo ser de veintitrés años de edad, soltero, con residencia en
**********, Soyapango, trabaja de lavar carros en un car wash, originario de San Salvador,
donde nació el ********** hijo de ********** y **********; a quien se le fue atribuida la
comisión del delito calificado definitivamente como VIOLACIÓN EN MENOR. O INCAPAZ,
previsto y sancionado en los artículos 159, en perjuicio de la menor D**********, quien es
representada por su madre señora KYMC.
La Vista Pública ha sido dirigida por el H.J...M..E...
.
T.M., en calidad de J.D., conforme a lo establecido en el Art. 53
Inc. 4° CPP., encontrándose a su cargo la ponencia integral de la presente Sentencia.
Durante el desarrollo de la Audiencia de Juicio intervinieron las partes siguientes: Como Agente
Auxiliar del Fiscal General de la R.epública el Licenciado ISR.AEL QUINTANILLA
MOR.EIR.A; y como Defensor Público del acusado, el Licenciado J.R..T...
.
O., todos abogados y del domicilio de San Salvador.
HECHOS ACUSADOS
En el presente caso inicia el día veintisiete de agosto del dos mil veinte, a las veintiún
horas con cuarenta y cinco minutos, en **********, mesón sin nombre, jurisdicción de
Soyapango, momento en el cual el agente JGPA, acompañado de los miembros de la Fuerza
Armada EWAS y CMG, destacados en la Delegación de Soyapango, procedieron a la detención
del señor R.AFH, por los motivos siguientes:
En momento que realizaba patrullaje preventivo en la zona de su responsabilidad son
informados al supervisor de turno que en la oficina de denuncias ciudadana ODAC de la
Delegación de Soyapango, que se había hecho presente a denunciar por el delito de violación en
menor e incapaz, la señora KYMC, en perjuicio de la menor hija D********** de once años de
edad, por lo que de inmediato se constituyeron a dicho lugar en el cual contactaron con la
denunciante quien les manifestó que su hija salió de sus casa de habitación a las tres de la mañana
del día veintisiete de los corrientes, con dirección a la casa de una persona del sexo masculino de

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