Sentencia Nº 104-21-SA-F3 de Cámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana, 30-09-2021

Sentido del falloTiénese por promovido el incidente
Tipo de RecursoINCIDENTE
MateriaFAMILIA
Fecha30 Septiembre 2021
Número de sentencia104-21-SA-F3
Tribunal de OrigenJUZGADO TERCERO DE FAMILIA, SANTA ANA
EmisorCámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana
104-21-SA-F3
CAMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DE OCCIDENTE: S.A., a las diez horas
del día jueves treinta de septiembre de dos mil veintiuno.
IDENTIFICACIÓN DEL INCIDENTE
La presente providencia corresponde al incidente de apelación interpuesto en el proceso de
modificación de sentencia, procedente del Juzgado Tercero de Familia de S..A. con
********** promovido por el señor **********, empleado, de este domicilio; contra la señora
**********. La parte demandante es representada judicialmente por sus apoderados, licenciados
P..E. TORRES ALEGRÍA y D..A..C.
.
G., en calidad de apoderados. Todos son mayores de edad y del domicilio del municipio y
departamento de S.A..
El incidente de esta Cámara ha sido registrado con la referencia N° Ref. **********
ANTECEDENTE
Esta Cámara recibió el expediente del proceso de modificación de sentencia, antes
relacionado a las 11 horas del día 27 de septiembre de 2021, procedente del Juzgado Tercero de
Familia de S.A., el cual fue conocido por el suscrito M.P. quien se
desempeñaba en el cargo de Juez propietario de dicho Tribunal, y mediante resolución de las 14
horas 15 minutos del día 10 de agosto de 2021, declaró la inadmisibilidad de la demanda, siendo
que la parte demandante inconforme con dicha providencia, interpuso recurso de apelación, el cual
se tuvo por interpuesto mediante resolución de las 15 horas 20 minutos del día 17 de septiembre
de 2021, y ordenándose que se remitiera el expediente a esta instancia para su conocimiento y
decisión.
Considerando que, la Corte Suprema de Justicia, nombró al suscrito Magistrado propietario
de esta Cámara tomando posesión del cargo según acta número cuatro de fecha 27 de septiembre
de 2021, asentada en el libro de toma de posesión correspondiente, en virtud de la renuncia
interpuesta por la señora M.P. de esta Cámara, licenciada C.Y.C.
de G.; interpuesta a los veintidós días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno, después
de audiencia; la Honorable Corte Suprema de Justicia, por medio de la Secretaría General, emitió
correograma de fecha 26 de septiembre de 2021, suscrito por la licenciada J.d.C., mediante
el cual fue nombrado Magistrado Propietario de la Cámara de Familia de la Sección de Occidente,
tomando posesión de su cargo a partir del día 27 de septiembre de dos mil veintiuno; por lo que,
integra ésta Cámara a partir de esa fecha.

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