Sentencia Nº 127-U2-2021 de Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Tecla, 11-08-2021

Sentido del falloCONDENATORIA
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha11 Agosto 2021
Número de sentencia127-U2-2021
Delito Violación en menor o incapaz continuada
EmisorTribunal Segundo de Sentencia de Santa Tecla
127-U2-2021
TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA de Santa Tecla, departamento de La Libertad, a las
quince horas del día once de agosto de dos mil veintiuno.
Visto en juicio oral y público, el proceso penal con número de referencia 127-U2-2021,
seguido contra el acusado A A H R, de veintisiete años de edad, jornalero, acompañado con
**********, con fecha de nacimiento **********, residente en **********, del municipio de
********** departamento de **********; con tercer grado de escolaridad, hijo de **********,
a quien se le atribuye la comisión del injusto penal de VIOLACIÓN EN MENOR E INCAPAZ
AGRAVADA CONTINUADA, previsto y sancionado en los artículos159 y 162 3
relacionado con el artículo 42 del Código Penal, en perjuicio de la Indemnidad Sexual de la
víctima **********., representada legalmente por su tía la señora **********.
Han intervenido como partes técnicas, en representación del señor F. General de la
República, la Licenciada A.C.C.S.. En la defensa pública, el abogado
W.L.M..
Se advierte, que el nombre de la víctima no se relaciona en la presente resolución con base
en el literal "e" del art. 57 de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de V.ia para las
M.eres -Garantías Procesales de las M.eres que Enfrentan Hechos de V.ia-, que en lo
medular regula: "Que se proteja debidamente su intimidad (...) para evitar la divulgación de
información que pueda conducir a su identificación". Tomando como sustento para aplicar dicha
disposición el art. 1 de la norma especial en alusión que dice: "La presente ley tiene por objeto
establecer, reconocer y garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, por
medio de Políticas Públicas orientadas a la detección, prevención, atención, protección,
reparación y sanción de la violencia contra las mujeres, a fin de proteger su derecho a la vida, la
integridad física y moral, la libertad, la no discriminación, dignidad, la tutela efectiva, la
seguridad personal, la igualdad real y la equidad".
HECHOS SOMETIDOS A JUICIO
La víctima **********., en entrevista tomada el día catorce de abril del año dos mil veinte
refiere que, vivía junto a su madre la señora **********, en **********, del municipio de
**********, departamento de **********, cuando ella tenía la edad de diez años en el año
2014-, su madre comenzó una relación sentimental con el señor A A H R, a quien ella refiere
como su padrastro, recuerda perfectamente que fue a esa edad que ocurrió el primer abuso por
parte de su padrastro, no recuerda fecha exacta del día, pero que en horas de la tarde su
padrastro, el señor A A, le dijo "te voy a llevar a cortar jocotes", a lo que ella aceptó ir, llegando
al terreno el señor A A, la tomó a la fuerza y le empezó a quitar la ropa, la cual era un short y una
blusa que no recuerda el color, su padrastro se bajó el short que tenía puesto y le introdujo su
pene en su vagina, y este le decía "no hagas ningún ruido y no le vayas a decir a tu mamá";
recuerda que ese primer abuso duró poco tiempo, que luego de eso regresó a la casa junto a él y
no le dijo nada a su madre por temor a que su padrastro A A, les hiciera algo, luego de esto
ocurrieron muchos más abusos por parte de su padrastro, pero que debido a la edad que tenía no
recuerda las fechas, pero la mayoría ocurrían en las noches cuando su madre ********** se
encontraba dormida, ocurriendo dichos abusos cerca de la una de la madrugada en su casa de
habitación; y que este señor A A, cuando las luces estaban apagadas se iba para la cama de ella,
la cual se encontraba en la misma vivienda donde se le subía encima y le quitaba la ropa
diciéndole mediante susurros que "no fuera a hacer ruidos", que le tapaba la boca con su mano
cuando le introducía su pene en su vagina, siendo estos abusos muy frecuentes, que en ocasiones
la amenazaba con un cuchillo si ella no accedía a tener relaciones sexuales con él.
Posteriormente la víctima a la edad de trece años, se dio cuenta que estaba embarazada,
producto de las violaciones que el señor A A, le realizaba, y que él le dijo "no vayas a decir que
el niño es mío, tenés que decir que el hijo es de un muchacho que vive en ********** del
municipio de **********, a lo cual accedió y decidió hacerlo y su madre ********** le creyó,
que durante los meses de embarazo el señor A A, estuvo forzándola a tener relaciones sexuales y
que siempre ocurrían de la misma manera, durante la noche cuando la señora ********** se
encontraba dormida, a los seis meses de estar embarazada el mismo sujeto le pegó una patada ya
que se encontraba molesto con esto, su madre veía estos abusos y no hacía nada, cuando cumplió
los siete meses de embarazo nació su hijo a quien llamo **********., a quien dio a luz en el
Hospital San Rafael de Santa Tecla, pasando tres días ingresada, pero que después regresó a su
vivienda sin su hijo ya que este nació prematuro, por lo que el niño estuvo trece días ingresado
en el hospital, que cuando habían pasado cinco días que ella había regresado a la casa, el señor A
A, volvió a violarla, que debido a eso sangró ya que se descosió (refiriéndose a la fisionomía),
por eso tuvo que asistir a una unidad de salud donde le dieron una crema para tratar el sangrado
que le había provocado el señor A A, quien le había dicho que le dijera al que le preguntara que
ese sangrado se lo había provocado ella debido a que caminaba mucho, que luego de eso

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