Sentencia Nº 128-COM-2023 de Corte Plena, 23-05-2023

Sentido del falloDeclara que no existe en puridad un conflicto de competencia que dirimir; y se declara que es el Juzgado Primero Especializado de Instrucción para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres, de San Salvador, el que debe calificar, si en el presente caso debe certificarse a la Fiscalía General de la República lo pertinente
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha23 Mayo 2023
Número de sentencia128-COM-2023
Delito Violencia intrafamiliar
EmisorCorte Plena
    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR