Sentencia Nº 131-2018 de Cámara de lo Penal de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, 08-02-2019

Sentido del falloDeclárase extinguida la acción penal por causa de la muerte del imputado; sobreséase definitivamente a su favor
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION CONTRA SENTENCIAS
Fecha08 Febrero 2019
Número de sentencia131-2018
Delito Feminicidio Agravado
Tribunal de OrigenTribunal Primero de Sentencia de San Miguel
EmisorCámara de lo Penal de la Primera Sección de Oriente, San Miguel
131-2018
CÁMARA DE LO PENAL DE LA PRIMERA SECCIÓN DE ORIENTE: San Miguel, a las
quince horas y diez minutos del día ocho de febrero de dos mil diecinueve.
Por recibido y agréguese a sus antecedentes la Certificación de Partida de Defunción del
imputado IJCD o IJDC, de veintitrés años de edad, soltero, quien residía en **********,
Chinameca, San Miguel, hijo de RID y JIJC; donde se relaciona que falleció por traumatismo
craneoencefálico por arma de fuego, en su lugar de residencia, a las diez horas y cincuenta
minutos del 19-11-2018.
VISTA LA COPIA CERTIFICADA REMITIDA, PROCESO PENAL E
INCIDENTE DE APELACIÓN, ESTE TRIBUNAL HACE LAS SIGUIENTES
CONSIDERACIONES:
I. Esta Cámara conoció del recurso de apelación interpuesto por la licenciada NELSY
ARELY MEDINA ROMERO (fiscal auxiliar), contra la SENTENCIA DEFINITIVA
ABSOLUTORIA, dictada por el licenciado Ricardo Torres Arieta, Juez del Tribunal Primero de
Sentencia de este distrito judicial, en el proceso penal contra IJDC y EESG; procesados por el
delito de FEMINICIDIO AGRAVADO (Arts. 45 literales “b” y “e” relacionado al 46 de la Ley
Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, en adelante LEIV), en
perjuicio de **********.
Este Tribunal en la sentencia de las quince horas y diez minutos del día 03-01-2019,
declaró nula la Sentencia Absolutoria venida en apelación, ordenando se notificara a los
imputados, a quienes, según auto de fecha 04-01-2019, se les haría tal acto de comunicación por
medio de auxilio judicial librado al Juzgado de Paz de turno de Chinameca.
II. La señora juez Segundo de Paz de Chinameca, al diligenciar el auxilio judicial,
informó respecto del imputado IJDC, que falleció el día 19-11-2018, según lo manifestado por su
madre señora RID, tal como consta en el acta de notificación que adjunta; este Tribunal, según
auto del 04-02-2019, con el objetivo de acreditar en legal forma la muerte del imputado, ordena
solicitar al Jefe del Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de Chinameca,
remitiera certificación de la Partida de Defunción del occiso en comento.
La certificación de defunción fue enviada a esta sede, por la Jefa del Registro del Estado
Familiar, Cándida Guadalupe Zelaya de Ulloa, en la que hace constar que IJCD, del sexo
masculino, de veintiséis años de edad, salvadoreño, originario de San Jorge, San Miguel, hijo de

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