Sentencia Nº 139-2021 de Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador, 17-12-2021

Sentido del falloABSOLUTORIA
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha17 Diciembre 2021
Número de sentencia139-2021
Delito Posesión y tenencia
EmisorTribunal Segundo de Sentencia de San Salvador
139-2021
TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA: SAN SALVADOR, a las quince horas del
diecisiete de diciembre del año dos mil veintiuno.
Visto en Juicio Oral y Público, el proceso penal con número de referencia 139-2021-3,
contra los señores 1) DEZS, quien es de veintiséis años de edad, soltero, artista independiente,
gana entre trescientos y cuatrocientos dólares mensuales, de nacionalidad salvadoreño, con fecha
de nacimiento **********, hijo de los señores ********** y **********, residente en Colonia
**********; y 2) EIPC, quien es de cuarenta y cinco años de edad, soltero, trabaja en un
parqueo de un restaurante, gana ciento cincuenta dólares mensuales, de nacionalidad salvadoreña,
con fecha de nacimiento **********, hijo de los señores ********** y **********, residente
en **********; procesados por el delito de POSESIÓN Y TENENCIA, previsto y sancionado
en el . Inciso 2 de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas, en perjuicio de
LA SALUD PÚBLICA.
La Vista Pública ha sido presidida por el Juez Licenciado JOSÉ MAURICIO CORTES
MERCADILLO, de conformidad a lo establecido en el art. 53 Pr. Pn., en relación con el art. 34
LRARD.
Han intervenido como partes de la representación Fiscal el Licenciado MANUEL DE
J.R..M., quien puede ser notificado bajo la Referencia Fiscal número 556-
UDCV-2021-SS; en Fiscalía General de la República, Unidad de Delitos de Solución Temprana,
Oficina Fiscal de San Salvador, ubicada en calle B., La Sultana, Edificio Film G 12,
Antiguo Cuscatlán y/o telefax **********; como Defensor Particular del imputado ZS: el
licenciado N..R.Z.M., quien puede ser notificado por medio
del Sistema de Notificaciones Electrónica; y como Defensora Pública del imputado PC: la
licenciada K.V..G., y puede ser notificada en la Unidad de
defensoría Pública de la Procuraduría General de la Republica de la ciudad de San Salvador,
ubicada en trece Avenida Norte y 9a. calle poniente, T.P., 7° Nivel, Centro de Gobierno,
San Salvador o en el Sistema de Notificaciones Electrónica PGR-007.-
FUNDAMENTACIÓN FÁCTICA
...El día uno de Abril del año dos mil veintiuno, a las diez horas, los agentes FERV y JPCO,
pertenecientes a la Unidad de Emergencias Novecientos Once de la Policía Nacional Civil,
cuando realizaban un patrullaje preventivo a bordo del equipo policial **********, cuando

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