Sentencia Nº 16-2018 de Tribunal de Sentencia de la Union, 11-06-2018

Sentido del falloABSOLUTORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal de Sentencia de la Union
Fecha11 Junio 2018
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia16-2018
Delito Agresión sexual en menor o incapaz
16-2018
TRIBUNAL DE SENTENCIA: La Unión, a las trece horas con cinco minutos del día once de
junio de dos mil dieciocho.
La presente sentencia es pronunciada por el suscrito Jueza Licenciado JOSÉ BAUDILIO
AMAYA ORTEZ; sobre la base de la prueba producida en el desarrollo de la vista pública
celebrada el día treinta de mayo del presente año, en la causa penal con número de entrada
16/2018 diligenciada contra el imputado AAFS, de cuarenta y siete años de edad, casado,
profesor, originario de Nueva Guadalupe, departamento de San Miguel, residente en
**********, San Miguel, hijo de IF y YVS, quien se identifica con Documento Único de
Identidad número **********;procesado por el delito de AGRESIÓN SEXUAL EN MENOR
O INCAPAZ, previsto y sancionado en el Art. 161 del Código Penal, en perjuicio de una
adolescente, quien es representada legalmente por su madre señora **********, de cuarenta y
nueve años de edad, costurera, quien se identifica con Documento Único de Identidad número
**********.
En la presente sentencia se omite la identificación de la víctima con base a los derechos
que le asisten por su minoría de edad, de conformidad con los Arts. 2 Inc. 2°., 33 y 34 Cn., 46
Inc. 2°. y 51 literal “c” LEPINA; 13 No. 10 literal “a” y 272 Pr. Pn., 16 Convención de los
Derechos del Niño.
Han intervenido en la Vista Pública, en nombre y representación del señor Fiscal General
de la República, el Agente Auxiliar del Fiscal General de La República Licenciado
FRANCISCO DE JESÚS LAZO ESCOBAR, mayor de edad, abogado, y del domicilio oficial
de La Unión; como defensor Particular del imputado, licenciado JUAN JOSE SEGOVIA,
mayor de edad, abogado y del domicilio de San Miguel. -
CONSIDERANDO:
I. DESCRIPCION DE LOS HECHOS.
La Fiscalía General de la República presentó acusación en contra del imputado AAFS, por los
siguientes hechos: Que a eso de las veintiún horas del cinco de mayo del dos mil once, Barrio
Las Flores, Anamorós, La Unión, lugar donde residía la victima **********, en momentos en
que AYM, llego a la dirección antes mencionada a su hogar, cuando encontró a la víctima, siendo
agredida por el señor AAF, tocándole este por debajo de la falda y encima del blúmer a la
víctima, y al percatar la presencia del testigo dejo de tocar a la niña victima e hizo como que

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