Sentencia Nº 184-2019 de Tribunal de Sentencia de la Union, 10-09-2019

Sentido del falloIMPOSICIÓN DE MEDIDAS
MateriaPENAL
EmisorTribunal de Sentencia de la Union
Fecha10 Septiembre 2019
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia184-2019
Delito Privación de libertad
184-2019
TRIBUNAL DE SENTENCIA, La Unión, a las quince horas del día diez de septiembre de dos
mil diecinueve.
La presente sentencia es pronunciada por el suscrito Juez JOSE BAUDILIO AMAYA
ORTEZ; sobre la base de la prueba producida en el desarrollo del juicio para la aplicación
exclusiva de medidas de seguridad, iniciada el día dos de septiembre del presente año, la cual fue
suspendida por falta de testigos, continuándose el día diez de septiembre del presente año,en
la causa penal clasificada con número 184-2019, instruida contra de la inimputable S E M C,de
treinta y nueve años de edad, acompañada, de oficios domésticos, hija de **********, con
residencia en ********** de la Jurisdicción de ********** de La Unión, procesadapor el delito
de PRIVACION DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el Art. 148 del código penal, en
perjuicio de S C M V, de sesenta y seis años de edad, casado, jornalero, hijo de **********,
con residencia en ********** del municipio de El Carmen de La Unión.
INTERVINIENTES
Han intervenido en la vista pública en representación de la Fiscalía General de la
República el Licenciado RODOLFO GUILLERMO ARANIVA GOMEZ, mayor de edad,
Abogado, del domicilio de La Unión; y actuando como Defensor Público, el Licenciado
CARLOS ALFREDO REYES GONZALEZ, mayor de edad, abogado y del domicilio de esta
Ciudad. –y como representante legal de la inimputable, el defensor público de Familia, el
licenciado JOSE ROBERTO VILLATORO LAZO. -
CONSIDERANDO:
I. La Fiscalía General de la República, presentó acusación en contra de la inimputable S E
M C, por los hechos que a continuación se detallan y son objeto de juicio. “”””A las catorce
horas aproximadamente del día veintitrés de abril del año dos mil diecinueve, en casa sin número,
**********, Departamento de La Unión, contiguo a la Unidad de Salud, en virtud que la víctima
se encontraba con la imputada, quien además es su compañera de vida, la señora S E M C, quien
agarro un corvo y dijo que lo iba a matar si se salía de la casa, por lo que procedió a amarrar a la
víctima en la cama, permaneciendo así por un lapso de dos horas aproximadamente, la víctima
como pudo se logró soltar y se corrió para la Unidad de Salud, pero la imputada llego con el

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