Sentencia Nº 19-4CM-19-A de Cámara Segunda de lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador, 14-03-2019
Sentido del fallo | Confírmase la resolución venida en apelación. |
Tipo de Recurso | RECURSO DE APELACION |
Materia | CIVIL Y MERCANTIL |
Fecha | 14 Marzo 2019 |
Número de sentencia | 19-4CM-19-A |
Tribunal de Origen | JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR |
Emisor | Cámara Segunda de lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador |
19-4CM-19-A
CÁMARA SEGUNDA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San
Salvador, a las diez horas del catorce de marzo de dos mil diecinueve.
El presente recurso de apelación fue interpuesto por los licenciados RAFAEL ERNESTO
MALDONADO SANABRIA y CARLOS ROBERTO URBINA BLANDON, en su carácter de
apoderados del señor RAR, mayor de edad, Ingeniero Industrial, del domicilio de Soyapango, de
este departamento; en el proceso ejecutivo civil promovido en su contra, ante el Juzgado Cuarto
de lo Civil y Mercantil de esta ciudad, por el INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO
SOCIAL, que se abrevia ISSS, mediante su apoderada licenciada ANA CECILIA RAMOS
SOLORZANO.
El objeto del presente incidente de apelación es que en sentencia definitiva se revoque la
sentencia impugnada y en su lugar se declare la prescripción ejecutiva alegada
VISTOS LOS AUTOS,
Y CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES DE HECHO
1.- SENTENCIA IMPUGNADA La sentencia recurrida en lo pertinente expresa: “3.1.
NO HA LUGAR la excepción de existencia de defectos procesales de la demanda, (…) 3.2. NO
HA LUGAR la prescripción de la acción ejecutiva (…) 3.3. HA LUGAR LA EJECUCION
INTENTADA CONTRA EL DEMANDADO señor RAR, en calidad de deudor principal seguida
por el INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL, por la cantidad de SETENTA Y
UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UN DOLARES CON DOCE CENTAVOS DE DÓLAR
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de acuerdo al detalle siguiente: DIECIOCHO
MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO DOLARES CON SEIS CENTAVOS DE DÓLAR DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, en concepto de cotizaciones previsionales no
pagadas, más la cantidad de CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y
SIETE DOLARES CON SEIS CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA, en concepto de multas y recargos.” .
2.- SUSTANCIACIÓN DEL PROCESO ESPECIAL EJECUTIVO MERCANTIL
2.1 ALEGACIONES DE LAS PARTES ALEGACIONES DE LA PARTE
DEMANDANTE
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