Sentencia Nº 200-C-16 de Cámara Tercera de lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador, 07-06-2017

Sentido del falloDesestimase la prevención de tercería de dominio.
MateriaCIVIL Y MERCANTIL
Fecha07 Junio 2017
Número de sentencia200-C-16
200-C-16
CÁMARA TERCERA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San
Salvador, a las doce horas treinta y cinco minutos de siete de junio de dos mil diecisiete.
El presente PROCESO COMÚN DECLARATIVO DE TERCERÍA DE DOMINIO
ha sido promovido por la señora KAREN MARCELA LISSETH M. DE M., mayor de edad,
estudiante, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, por medio de su
apoderado general judicial con cláusulas especiales licenciado Mauricio Antonio Zelaya Díaz,
mayor de edad, abogado, de este domicilio, contra el ESTADO DE EL SALVADOR y el señor
PEDRO ANTONIO C. A., mayor de edad, importador, del domicilio de Ilopango, de este
departamento.
Han intervenido en esta instancia la parte actora como quedó dicho; y los demandados,
“ESTADO DE EL SALVADOR” por medio del señor Fiscal General de la República a través de
su agente auxiliar licenciada Elsy Angélica Ramírez Zelaya, mayor de edad, abogada, del
domicilio de Mejicanos, y el señor PEDRO ANTONIO C. A., a través de la licenciada Lorena
Patricia Palacios Martínez, mayor de edad, abogada, de este domicilio.
LEÍDOS LOS AUTOS; Y,
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES.
El licenciado Mauricio Antonio Zelaya Díaz, en la calidad dicha, presentó demanda, y en
lo esencial, EXPUSO: “Que mi poderdante KAREN MARCELA LISSETH M. DE M., según
Documento Privado Autenticado de Compraventa de vehículo automotor, celebrado el día
veintiséis de diciembre de dos mil doce, y reconocido ese mismo día, … le compró al señor
PEDRO ANTONIO C. A., un vehículo de las siguientes características. PLACA: [...]; CLASE:
Automóvil; AÑO: Dos mil nueve; CAPACIDAD: Cinco Asientos; TIPO: Rústico: TRACCION:
Cuatro por Dos; MARCA: Ford; MODELO: Escape, NUMERO DE MOTOR: [...]; NUMERO
DE CHASIS GRABADO: N/T; NUMERO DE VIN: [...]; COLOR: Gris, siendo entonces dueña
y actual poseedora de dicho automotor. Siendo el caso que mi poderdante llevó el documento de
compraventa al Registro Público de vehículos (SERTRACEN) con la finalidad que se inscribiera
dicho vehículo a su favor, presentándola el día doce de abril de dos mil catorce para lo cual se le
proporcionó el número de presentación 2014/91957, sin embargo mi poderdante solamente dejó
ingresado el tramite sin realizar el pago en el plazo estipulado por el registro público de vehículo

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