Sentencia Nº 206-DS-19 de Cámara Tercera de lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador, 16-12-2019

Sentido del falloRevócase el auto definitivo pronunciado; Dese trámite como a derecho corresponda a la solicitud incoada.
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaCIVIL Y MERCANTIL
Fecha16 Diciembre 2019
Número de sentencia206-DS-19
Tribunal de OrigenJUZGADO DE LO CIVIL DE SOYAPANGO
EmisorCámara Tercera de lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador
206-DS-19
CÁMARA TERCERA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San
Salvador, a las once horas de dieciséis de diciembre de dos mil diecinueve.
El presente recurso de apelación ha sido interpuesto contra el auto pronunciado por el
señor Juez de lo Civil de Soyapango, a las once horas de catorce de octubre de dos mil
diecinueve, mediante el cual se declaró improponible la solicitud de Diligencias Varias de
Convocatoria a Junta General de Accionistas promovidas por los señores TMML, Psicóloga,
MAML, diseñadora, ADMM, empresaria, REML, empresario; los tres primeros de este
domicilio y éste último del domicilio de Miami, Estado de Florida de los Estados Unidos de
América; y sociedades “SINTESIS INVESTMENT, SOCIEDAD ANÓNIMA”, de
nacionalidad Panameña y “MICROSOL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE”, por medio de sus apoderados abogados Luis Ernesto Elías Portillo y Blanca
Marina Recinos, ambos abogados, el primero del domicilio de Antiguo Cuscatlán, La libertad; y
la segunda del de Soyapango, de este departamento, contra “LIDO, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE”, del domicilio de Soyapango, de este departamento.
El auto venido en apelación en lo pertinente, EXPRESA: declárese improponible
LA SOLICITUD DE Diligencias Varias de Convocatoria de Junta General de Accionistas,
promovida por los Licenciados LUIS ERNESTO ELÍAS PORTILLO y BLANCA MARINA
RECINOS, en su calidad de Apoderados Generales Judiciales con Cláusula Especial de los
señores TMML, MAML, ADMM; y de las sociedades SINTESIS INVESTMENT, S.A. y
MICROSOL, S.A. (fs. 96 p.p.)
Intervino en ambas instancias únicamente los señores TMML, MAML, ADMM,
REML, y sociedades “SINTESIS INVESTMENT, SOCIEDAD ANÓNIMA”, y
“MICROSOL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, por medio de sus
apoderados abogados Luis Ernesto Elías Portillo y Blanca Marina Recinos, como demandante-
apelante, por la etapa tan temprana en que se suscitó el incidente de apelación.
LEÍDOS LOS AUTOS; Y,
CONSIDERANDO:
I. SUSTANCIACIÓN DEL PROCESO.
1. EN PRIMERA INSTANCIA.

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