Sentencia Nº 23-CD-17 de Cámara Tercera de lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador, 24-03-2017

Sentido del falloConfírmase la sentencia venida en apelación.
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaCIVIL Y MERCANTIL
Fecha24 Marzo 2017
Número de sentencia23-CD-17
Tribunal de OrigenJUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO
23-CD-17
CÁMARA TERCERA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San
Salvador, a las diez horas treinta y dos minutos de veinticuatro de marzo de dos mil diecisiete.
Habiéndose concluido el trámite del recurso de apelación de la sentencia pronunciada
por la señora Jueza de lo Civil de Delgado, a las diez horas de tres de enero del presente año, en
el PROCESO DECLARATIVO COMÚN DE NULIDAD ABSOLUTA DE
INSTRUMENTOS PÚBLICOS, CANCELACIÓN DE INSCRIPCIONES REGISTRALES
Y REIVINDICATORIO DE DOMINIO, promovido por la señora MARÍA ELIZABETH Z.
DE D., mayor de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, por medio de su apoderado
licenciado Orlando Alfonso R. P., abogado, de este domicilio, contra el señor JOSÉ GERVACIO
G. L., conocido por JOSÉ GERVASIO G. L., mayor de edad, abogado, del domicilio de
Delgado e INVERSIONES VIPER, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que
se abrevia INVIPER, S.A. DE C.V., de este domicilio.
La sentencia venida en apelación en lo pertinente de su fallo EXPRESA: A)
DECLARASE HA LUGAR, a la Nulidad Absoluta, de la Escritura Publica Numero […],
otorgada a las dieciocho horas con quince minutos del día veinticuatro de Agosto del año mil
novecientos noventa y ocho, celebrada en la Ciudad de San Salvador, ante los oficios del notario
JOSE MANUEL C., asentada a folios […] vuelto al […] Frente del libro […], del protocolo de
dicho Notario, por el Señor FRANCISCO ALBERTO Z. a favor de JOSE GERVACIO G. L., que
se refiere a la compraventa de un inmueble ubicado en el lugar denominado EL ZAPOTE,
ENTRE ESTERO DE JALTEPEQUE Y EL OCEANO PACIFICO, BOCANA CIEGA Y
BOCANA DEL CORDONCILLO, JURISDICCIÓN DE ZACATECOLUCA,
DEPARTAMENTO DE LA PAZ, e inscrito a la Matrícula […], ASIENTO […], EN UN
PORCENTAJE DEL CIEN POR CIENTO DE DERECHO DE PROPIEDAD, del Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección del Centro, con sede en la ciudad de
Zacatecoluca, departamento de la Paz; B) DECLARASE A LUGAR a la Nulidad Absoluta de la
Escritura de la Escritura (sic) Publica Numero CINCUENTA Y TRES, otorgada a las dieciséis
horas con treinta minutos del día del día (sic) dieciséis de agosto del año dos mil once, celebrada
en la ciudad de San Salvador, ante los oficios de la notario MARIA ELENA O. P., asentada a
folios CIENTO DIEZ vuelto al folios CIENTO DOCE, Frente, del libro TREINTA Y NUEVE,
del protocolo de dicha Notario, por el señor JOSE GERVASIO G. L., a favor de la SOCIEDAD
INVERSIONES VIPER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia
INVIPER, S.A. DE C.V., que se refiere a la compraventa de un inmueble ubicado en el lugar
denominado EL ZAPOTE, ENTRE ESTERO DE JALTEPEQUE Y EL OCEANO PACIFICO,
BOCANA CIEGA Y BOCANA DEL CORDONCILLO, JURISDICCIÓN DE
ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ, e inscrito a la Matrícula […], ASIENTO
[…], EN UN PORCENTAJE DEL CIEN POR CIENTO DE DERECHO DE PROPIEDAD, del
Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección del Centro, con sede en la
Ciudad de Zacatecoluca, departamento de la Paz. C) DECLARASE A LUGAR la cancelación de
las Inscripciones Registrales de la Matrícula […], ASIENTOS […], del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección del Centro, con sede en la ciudad de Zacatecoluca,
departamento de la Paz, que se refiere a inmueble ubicado en el lugar denominado EL ZAPOTE,
ENTRE ESTERO DE JALTEPEQUE Y EL OCEANO PACIFICO, BOCANA CIEGA Y
BOCANA DEL CORDONCILLO, JURISDICCIÓN DE ZACATECOLUCA,
DEPARTAMENTO DE LA PAZ. D) DECLARASE A LUGAR LA REIVINDICACION DE
DOMINIO, del inmueble ubicado en lugar denominado EL ZAPOTE, ENTRE ESTERO DE
JALTEPEQUE Y EL OCEANO PACIFICO, BOCANA CIEGA Y BOCANA DEL
CORDONCILLO, JURISDICCIÓN DE ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ, e
inscrito a la Matrícula […], ASIENTO […], EN UN PORCENTAJE DEL CIEN POR CIENTO
DE DERECHO DE PROPIEDAD, a favor de la señora MARIA ELIZABETEH Z. DE D., en
calidad de Única y Universal Heredera Testamentaria del señor FRANCISCO ALBERTO Z.,
conocida además por FRANCISCO ALBERTO ANTONIO Z.; FRANCISCO ALBERTO Z. D.;
FRANCISCO ALBERTO Z. hijo; ALBERTO Z. D.; ALBERTO Z. y ALBERTO Z. hijo; E)
Condenase a los demandados señor JOSÉ GERVACIO G. L., conocido por JOSÉ GERVASIO G.
L., y a la SOCIEDAD INVERSIONES VIPER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, que se abrevia INVIPER, S.A. DE C.V., representada legalmente por el señor JUAN
JOSE V. P., a la restitución del inmueble relacionado. No hay condenación en costas. HAGASE
SABER.” (Fs. 501 vto. a 502 p.p.)
Ha intervenido en primera instancia, como demandante, la señora MARÍA
ELIZABETH Z. DE D., por medio de sus apoderados licenciados Orlando Alfonso R. P. y
Guillermo Antonio P. P.; y como demandados, el señor JOSÉ GERVACIO G. L., conocido por
JOSÉ GERVASIO G. L., por medio de sus apoderados abogados Juan Héctor L. L. y Raúl

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR