Sentencia Nº 240-2017 de Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador, 04-01-2018

Sentido del falloABSOLUTORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal Segundo de Sentencia de San Salvador
Fecha04 Enero 2018
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia240-2017
Delito Otras agresiones sexuales agravadas Expresiones de violencia contra las mujeres
240-2017
TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA, San Salvador, a las catorce horas del día cuatro
de enero del dos mil dieciocho.
El presente proceso penal clasificado con el número 240-2017-1 seguido en contra del
imputado JOSÉ HUGO Z. C., de cincuenta años de edad, casado con […] empleado, originario
de Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, nació el día dieciséis de mayo de mil novecientos
sesenta y siete, hijo de […], residente en Urbanización […], block E[…], pasaje […], casa
número […], Apopa, departamento de San Salvador; procesado por los delitos de OTRAS
AGRESIONES SEXUALES AGRAVADAS, tipificado y sancionado en los artículos 160 en
relación al 162 7 del Código Penal y EXPRESIONES DE VIOLENCIA CONTRA LAS
MUJERES, tipificado y sancionado en el Art. 55 Literal C y E de la Ley Especial Integral para
una Vida libre de Violencia para las mujeres; ambos en perjuicio de la señora […]
Han intervenido como partes: como fiscal, licenciada Norma Alicia Ayala Amaya y como
defensor público, licenciado Carlos Ernesto Rosales y Rosales Vásquez.
Se tuvo por recibido el proceso mediante auto de folios ciento dos, de fecha uno de septiembre
de dos mil diecisiete, en el cual fueron señaladas las ocho horas del día dieciocho de septiembre
del dos mil diecisiete para la celebración de la audiencia de Vista Pública, la cual se frustró por la
incomparecencia de la víctima y del defensor, ya que éste último tenía programada otra
audiencia, por lo que se reprogramó para las ocho horas del doce de diciembre del dos mil
diecisiete, la cual se sometió a conocimiento del Tribunal de Sentencia de forma unipersonal de
conformidad al Art. 53 inciso 1° del Código Procesal Penal vigente, siendo presidida por el señor
Juez Presidente, licenciado JOSÉ LUIS GIAMMATTEI CASTELLANOS. La lectura de esta
sentencia se difirió para la hora y fecha señaladas al inicio de la misma, de conformidad al Art.
396 del C.Pr.Pn.
CONSIDERANDO
I.- HECHOS ACUSADOS POR LA REPRESENTACIÓN FISCAL SEGÚN CONSTAN
EN LA ACUSACIÓN.
"""Según manifiesta la señora […] en el año dos mil nueve indicó a laborar en el Centro
Comercial Santa Mónica "Almacén […]" local […] ubicada en cuarta calle poniente frente al
mercado Sagrado Corazón y el Centro Comercial Santa Mónica pero es el caso que desde que
llego a laborar el señor José Hugo Z. C.., quien es el vigilante del local se aprovecha de su cargo

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