Sentencia Nº 264-19-1 de Tribunal Sexto de Sentencia de San Salvador, 13-01-2020

Sentido del falloCONDENATORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal Sexto de Sentencia de San Salvador
Fecha13 Enero 2020
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia264-19-1
Delito Posesión y tenencia
264-19-1
TRIBUNAL SEXTO DE SENTENCIA: San Salvador, a las catorce horas del día trece de enero
de dos mil veinte.
Visto el Juicio Oral celebrado el día dieciocho de diciembre del año recién pasado, en el
proceso penal instruido en contra de A L P CH, de sobrenombre "G***", quien es de cuarenta y
tres años de edad, soltera, con fecha de nacimiento el día treinta de septiembre de mil novecientos
setenta y seis, de oficios domésticos, originaria de San Salvador, con residencia en **********,
departamento de San Salvador, con número telefónico para ser ubicada ********** (madre), hija
de **********, tiene dos hijos, con nivel de escolaridad de primer año de bachillerato, portadora
de su Documento Único de Identidad número **********; a quien se le atribuye el delito
calificado provisionalmente como POSESIÓN Y TENENCIA, tipificado y sancionado en el
artículo 34 inciso 2° de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas, en perjuicio
de la SALUD PÚBLICA. Referencia judicial 264-19-1. Referencia fiscal 01060-UDST-2019-
55.
Han intervenido como partes en el Juicio en representación del Fiscal General de la
República, la Agente Auxiliar, Licenciada LORENA YANET IGLESIAS MARTÍNEZ; como
Defensor Público de la imputada, el Licenciado SANTOS ALFREDO LARA FLORES, ambos
mayores de edad, Abogados de la República.
Conforme a lo prescrito en el artículo 53 del Código Procesal Penal, el presente proceso
fue sometido al conocimiento de este Tribunal en forma UNIPERSONAL, siendo presidido por
la suscrita Juez, GLADYS MARGARITA SALGAIDO AMAYA.
Dio inicio el presente proceso mediante la presentación del requerimiento fiscal en el
Juzgado Segundo de Paz de San Salvador, en fecha veintinueve de abril de dos mil diecinueve,
llevándose a cabo la Audiencia Inicial, el día treinta del mismo mes y año, y se ordena la
Instrucción del proceso, mismo que se remite al Juzgado Segundo de Instrucción de esta Ciudad;
en donde se lleva a cabo la Audiencia Preliminar el día cinco de septiembre de dos mil
diecinueve, en donde se admite la acusación y se dicta Auto de Apertura a Juicio, según
resolución de las quince horas con cuarenta y cinco minutos del día seis del mismo mes y año,
remitiéndose el proceso a este Tribunal, en donde se recibe el mismo día y se asigna al Juez
Ernesto Vladimir López Cruz, bajo la referencia número 202-19-2; quien mediante resolución del
día diez de septiembre de dos mil diecinueve, declara nula la audiencia preliminar, devolviendo

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