Sentencia Nº 276-COM-2022 de Corte Plena, 02-03-2023

Sentido del falloDeclárase que es competente para sustanciar y decidir las diligencias de mérito, es el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de la ciudad y departamento de Santa Ana.
MateriaCIVIL Y MERCANTIL
Fecha02 Marzo 2023
Número de sentencia276-COM-2022
EmisorCorte Plena
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