Sentencia Nº 283-19-2U(NC) de Tribunal Sexto de Sentencia de San Salvador, 24-01-2020

Sentido del falloABSOLUTORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal Sexto de Sentencia de San Salvador
Fecha24 Enero 2020
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia283-19-2U(NC)
Delito Violación en menor o incapaz continuada
283-19-2u(NC)
TRIBUNAL SEXTO DE SENTENCIA: San Salvador, a las catorce horas y cuarenta y cinco
minutos del día veinticuatro de enero del año dos mil veinte.
El proceso penal clasificado bajo la referencia 283-19-2u, seguido en contra del imputado
M E A A, quien manifestó ser de veintitrés años de edad, soltero, comerciante, salvadoreño,
originario de San Salvador, donde nació el día nueve de julio de mil novecientos noventa y seis,
residente en **********, San Salvador, hijo de **********, con ingresos de veinticinco dólares
diarios, y con estudios de séptimo grado; a quien se le atribuye el delito calificado
provisionalmente como VIOLACIÓN EN MENOR O INCAPAZ CONTINUADA, tipificado
y sancionado en los artículos 159 y 42 del Código Penal, en perjuicio de **********,
Representada Legalmente por **********.
CONSIDERANDO:
TRAMITACIÓN DE PROCESO.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 53 del Código Procesal Penal, el presente proceso
fue sometido en juicio al conocimiento y decisión del Tribunal de Sentencia en forma
Unipersonal, siendo presidido por el suscrito Juez ERNESTO VLADIMIR LÓPEZ CRUZ.
Han intervenido como partes en el Juicio en representación del Fiscal General de la
República, las Agentes Auxiliares, Licenciadas ANA CATALINA REYES ARIAS y JANCY
EYLLEN RODRÍGUEZ MARROQUÍN; y como Defensor Público de dicho imputado, el
Licenciado ROSENDO ARÍSTIDES AMAYA GÓMEZ; todos mayores de edad, Abogados y
de este domicilio.
El presente proceso se inició mediante presentación de Requerimiento Fiscal el día uno de
abril del año dos mil dieciocho, en el Juzgado Sexto de Paz de San Salvador, quienes celebran
Audiencia Inicial, el día tres de abril del año dos mil dieciocho, en la cual se ordenó continuar
con la tramitación del proceso, remitiéndose el proceso al Juzgado Sexto de Instrucción de San
Salvador, donde se celebró la Audiencia Preliminar el día seis de diciembre del año dos mil
diecinueve, emitiéndose el correspondiente Auto de Apertura a Juicio a las quince horas del día
trece de diciembre del año dos mil diecinueve, remitiéndose el proceso a este Tribunal, donde
se recibe en este Tribunal el día dieciséis de diciembre del año dos mil diecinueve, señalándose la
Vista Pública para el día quince de enero del año dos mil veinte, fecha en la que inicia pero a
petición de la fiscal se suspendió la misma por falta de testigos, por lo que se señaló como nueva

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