Sentencia Nº 331-J-3-18 de Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Ana, 28-09-2018

Sentido del falloABSOLUTORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal Segundo de Sentencia de Santa Ana
Fecha28 Septiembre 2018
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia331-J-3-18
Delito Amenazas con agravación especial
331-J-3-18
TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA: Santa Ana, a las quince horas cincuenta
minutos del veintiocho de septiembre de dos mil dieciocho.
Sentencia Definitiva Absolutoria de causa con referencia 331-J.3/18, instruida en contra
de CWMN, de treinta y dos años, nacido en San Salvador el día 7 de octubre 1986, salvadoreño,
operario, mecánico automotriz, trabaja en **********, devenga la cantidad de ochocientos
dólares mensuales, casado con **********, hijo de ********** y **********, residente en
**********, Identificado por medio de su documento único de identidad personal número
**********; por el delito de AMENAZAS CON AGRAVACIÓN ESPECIAL, regulado en los
artículos 154 y 155 N° 1 del Código Penal, en perjuicio de una persona de quien no se relaciona
su nombre y generales y se identifica con las abreviaturas **********, de conformidad al Art. 57
lit. e) de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres.
La vista pública fue presidida por la Suscrita Jueza Licenciada RUBIA MARIBEL
LEMUS GUILLÉN, según el Art. 53 del Código Procesal Penal. Han intervenido en juicio oral
como representante del Fiscal General de la República el Licenciado IRMA ANAYANCY
CORDOVA DE LOARCA, y como defensor público el Licenciado GABRIEL RAFAEL
SOLÓRZANO ROJAS.
RELACIÓN DE LOS HECHOS OBJETO DE JUICIO:
I.La representación fiscal presentó acusación ante el Juzgado Tercero de Instrucción de
Santa Ana, en contra del procesado CWMN, por los siguientes hechos: "Nace a la vida jurídica
el presente hecho a través de denuncia interpuesta en Sede Fiscal de Santa Ana, de fecha once de
octubre de dos mil dieciséis, por parte de la víctima por medio del cual se siente ofendida de su
ex compañero de vida y padre de sus menores hijas de quien se encuentra separada en vista que
la amenazó y abuso sexualmente de ella; por tal razón se inicia la investigación en la cual se
obtuvo la siguiente información: Según refiere la víctima estuvo acompañada con el sujeto ahora
imputado con el cual ha procreado hijas, sucede entonces que ante la necesidad de dinero para
sus hijas el imputado le realizó una llamada telefónica y quedaron de verse en fecha dieciocho
de julio de dos mil dieciséis, aproximadamente como a las doce horas; lo anterior en vista que el
imputado le manifestó que se reuniría con un cliente y que luego le iba a dar el dinero para las
niñas; posteriormente como a las catorce horas de esa misma fecha, el sujeto la llegó a traer y
no le entregó el dinero de las niñas, sino que la llevó al motel de nombre Presidencial que se

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