Sentencia Nº 56-1J-2018 de Tribunal Primero de Sentencia de Santa Tecla, 12-07-2018

Sentido del falloCONDENATORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal Primero de Sentencia de Santa Tecla
Fecha12 Julio 2018
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia56-1J-2018
Delito Amenazas con agravación especial
56-1J-2018
TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA DE SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE
LA LIBERTAD, a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del día doce de julio del año
dos mil dieciocho.
Visto en juicio oral el proceso penal con número de referencia 56-1J-2018, en contra de
los imputados:
1.- AEMC, quien es de cuarenta y dos años de edad, acompañada, ama de casa, originaria
de la ciudad y departamento de San Miguel, del domicilio de San Juan Opico departamento de La
Libertad, residente en ********** de la jurisdicción de San Juan Opico departamento de La
Libertad, hija de **********.
2.- MARG, quien es de veinticuatro años de edad, soltero, corralero, originario de
Coatepeque departamento de Santa Ana, del domicilio de la de San Juan Opico de La Libertad,
reside residente en ********** departamento de La Libertad, hijo de **********.
3.- MAQC, quien es de diecinueve años de edad, soltero, estudiante, originario y del
domicilio de San Juan Opico departamento de La Libertad, residente en Cantón la *********,
por una iglesia evangélica, de la jurisdicción de San Juan Opico departamento de La Libertad,
hijo de **********.
A quienes se les procesa por el delito calificado provisionalmente como AMENAZAS
CON AGRAVACIÓN ESPECIAL, previsto y sancionado en los arts. 154 y 155 numerales 1y 2
del Código Penal, en perjuicio de las víctimas con régimen de protección claves “ARIZONA” y
“ARIZONA UNO”.
Han intervenido como partes: en calidad de agente auxiliar del señor Fiscal General de la
República el licenciado José Alfredo Reyes Rodríguez, quien es mayor de edad, abogado de la
República, del domicilio laboral de esta ciudad y quien se identifica con su carnet institucional
que le acredita en la calidad antes mencionada y que le ha sido expedido en la institución que
representa, quien puede ser notificado en la Fiscalía General de la República, Oficina Fiscal de
Santa Tecla, final Avenida Manuel Gallardo norte y final Primera Calle Poniente, Centro de
Capacitaciones Rinaldi o a los telefax 2593-6313 y 2593-6329.En calidad de defensora pública
de los imputados, la licenciada Wendy Saraí Núñez Reyes, quien es mayor de edad, abogada de
la República, quien se identifica por medio de su respectivo carnet institucional sin número, que
le acredita en la calidad antes mencionada y que le ha sido expedido en la institución que
representa; y quien puede ser notificada en la procuraduría Auxiliar Departamental de La
Libertad.
HECHOS ACUSADOS SOMETIDOS A JUICIO.
Los hechos atribuidos a los imputados en referencia, se concretan básicamente en que:
“En momentos que Agentes de la Policía se encontraban en el interior de la Sub Delegación de
San Juan Opico, se apersonaron las víctimas con Claves "ARIZONA" y “ARIZONA UNO"
manifestándoles que habían recibido amenazas a muerte por parte de cuatro personas/ de las
cuales ya habían interpuesto denuncia con anterioridad, pero los problemas habían continuado
con frecuencia y temen por sus vidas y la de sus familias, ya que el día tres de febrero a eso de las
seis horas la señora A M, llegó a la casa de residencia de las víctimas a decirles que los iba a
"degollar", a lo cual las víctimas le manifestaron que no quedan problemas, sin embargo en el
curso del día, a eso de la una de la tarde las víctimas se encontraron sobre la calle principal
del Cantón San Nicolás, La Nueva Encarnación a tres jóvenes los cuales conoce por los
nombres de MC y M R; quienes al ver a la víctima con Clave “ARIZONA”, lo amenazaron con
arma de fuego, pero que las mismas personas ya le habían manifestado “que le iban a sacar las
tripas y lo iban hacer picado” por los problemas que tenía con la señora A, motivo por el cual los
Agentes de la Policía se dirigieron a dicho lugar, encontrando a los imputados antes relacionados
y estos al ver la presencia policial intentaron darse a la fuga por la Calle Principal del Cantón La
Nueva Encarnación, pero estos les dieron alcance y los intervinieron e hicieron de su
conocimiento el motivo por el cual quedaban detenidos así como los derechos y garantías que la
Ley les confiere."
INCIDENTES PLANTEADOS.
La representación fiscal vía incidental, planteó: que han llegado a un acuerdo con la
defensa particular mediante el cual, se ha negociado la aplicación de un procedimiento abreviado,
solicitó un fallo condenatorio con una pena de prisión para el imputado de dos años con seis
meses de prisión por el delito de AMENAZAS CON AGRAVACIÓN ESPECIAL, previsto y
sancionado en los arts. 154 y 155 numerales 1 y 2 del Código Penal, en perjuicio de las víctimas
con régimen de protección claves “ARIZONA” y “ARIZONA UNO”.Asimismo, agregó que
prescindió del testimonio de todos los testigos que le habían sido admitidos a la representación
fiscal; además, manifestó que han hablado con la defensa sobre la estipulación probatoria,
respecto a la prueba pericial y documental ya que no hay controversia alguna, sobre a la prueba

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