Sentencia Nº 67-2021 de Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador, 26-10-2021

Sentido del falloCONDENATORIA
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha26 Octubre 2021
Número de sentencia67-2021
Delito Posesión y tenencia
EmisorTribunal Segundo de Sentencia de San Salvador
67-2021
TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA, San Salvador, a las catorce horas del día
veintiséis de octubre del dos mil veintiuno.
El presente proceso penal clasificado con el número 67-2021-1 seguido en contra del imputado
SEAL, de veinticuatro años de edad, acompañado con **********, Diseñador Gráfico,
originario de Mejicanos, departamento de San Salvador, nació el día cinco de agosto de mil
novecientos noventa y siete, hijo de ********** y **********, residente en **********, con
DU1 número **********; procesado por el delito de POSESIÓN Y TENENCIA, tipificado y
sancionado en el Art. 34 inciso 3° de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las
Drogas, en perjuicio de LA SALUD PÚBLICA.
Han intervenido como partes: como fiscal, el licenciado M..E.M.A. y como
defensor particular, el licenciado M.E.F.P..
Se tuvo por recibido el proceso mediante auto de folios doscientos treinta y dos al doscientos
treinta y tres, de fecha doce de mayo del dos mil veintiuno, en el cual fueron señaladas las ocho
horas del día doce de octubre del dos mil veintiuno para la celebración de la Vista Pública, la cual
se realizó en la modalidad de videoconferencia de conformidad al Art. 138 del Código Procesal
Penal y se sometió a conocimiento del Tribunal de Sentencia de forma unipersonal de
conformidad al Art. 53 inciso 1° del C.Pr.Pn., siendo presidida por el señor J..u.P.,
licenciado J..L.G..C.. La lectura de esta sentencia se difirió
para la hora y fecha señaladas al inicio de la misma, de conformidad al Art. 396 del C.Pr.Pn.
Asimismo, se hace constar que al imputado inicialmente se le atribuía el delito Tráfico Ilícito,
tipificado y sancionado en el Art. 33 de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las
Drogas Código Penal, pero luego de la incorporación de la prueba en el desarrollo de la vista
pública, fue modificado a petición de la Defensa con base al Art. 385 del Código Procesal Penal
vigente, adecuándose al delito de Posesión y Tenencia, tipificado y sancionado en el Art. 34
inciso 3° de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas.
CONSIDERANDO
I.- HECHOS ACUSADOS POR LA REPRESENTACIÓN FISCAL SEGÚN CONSTAN
EN LA ACUSACIÓN.
“““A las catorce horas con veinte minutos del día dieciséis de julio del año dos mil veinte, en
cumplimiento a las disposiciones legales establecidas en los artículos ciento treinta y nueve y
ciento cuarenta del código procesal penal, los investigadores agentes HWLM, DDZÁ y MEM,
todos de generales conocidas por pertenecer al Grupo de Investigaciones Antinarcóticos
Paracentral de la División Anti narcóticos de la Policía Nacional Civil, dejaron constancia de la
detención en flagrancia del señor SEAL, de veintidós años de edad, de nacionalidad salvadoreña,
con documento de identidad número **********, por atribuírsele el delito de Tráfico Ilícito,
previsto y sancionado en el artículo treinta y tres de la Ley Reguladora de las Actividades
Relativas a las Drogas, en perjuicio de la Salud Pública: Relato de los hechos a eso de las doce
horas con cuarenta y cinco minutos del día ya relacionado, en momentos que los agentes se
encontraban realizando diligencias de investigación, frente a la Urbanización Montes de San
Bartolo número cuatro, sobre el boulevard las pavas del municipio de Soyapango, observaron que
sobre la autopista panamericana oeste, a unos quince metros de donde se encontraban, se
estacionó un vehículo de color azul, del cual observaron que bajó una persona del sexo masculino
de complexión delgada, de un metro con setenta centímetros de estatura aproximadamente, piel
morena, cabello de color negro recortado, quien vestía una calzoneta de color anaranjado y una
camiseta de color blanco, el cual se dirigió hacia una persona del sexo masculino de complexión
delgada que vestía una camisa de color azul y una calzoneta de color azul, sacó de la bolsa
derecha del short que vestía unas llaves y se dirigió al lugar donde se encontraba un vehículo,
tipo automóvil, marca S., color plateado, con placas particulares **********, del cual abrió
el baúl y extrajo una bolsa de color azul, la que mostró a la persona que vestía una calzoneta de
color anaranjado, luego de eso, ambos ingresaron al vehículo mencionado, ante lo observado los
agentes, por la experiencia que tienen en casos de investigación de delitos de narcotráfico,
determinaron que el lugar se podía estar dando una transacción de droga, por lo que decidieron
intervenirlos, mandándoles los comandos verbales de alto policía a estas personas, donde

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