Sentencia Nº 68-P-2020 de Corte Plena, 05-05-2022

Sentido del fallotiénese por parte
MateriaFAMILIA
Fecha05 Mayo 2022
Número de sentencia68-P-2020
EmisorCorte Plena
68-P-2020
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las diez horas ocho minutos del cinco de
mayo de dos mil veintidós.
Por recibido el escrito de folios 63, presentado por el licenciado W.G.G.
.
M., actuando en su calidad de apoderado general judicial de la señora **********,
mediante el cual se muestra parte en las presentes diligencias, presentadas por el licenciado
C.A..V.E., relacionadas con la solicitud para conceder el permiso a fin
de ejecutar la sentencia de divorcio pronunciada por la Corte Superior de California, Condado de
Los Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de América.
Por lo que, con base en lo anteriormente expresado y de conformidad con lo que regulan
los artículos 11, 182 atribución 4ª de la Constitución de la República de El Salvador, 144 inciso
2°, 556 y 558 del Código Procesal Civil y M., esta Corte RESUELVE:
a) TIÉNESE por parte al licenciado W.G..G.M., como apoderado de
la señora **********, personería que comprueba mediante la copia certificada del testimonio de
poder general judicial con cláusula especial, presentada y agregada a folios del 65 al 68.
b) En vista de no haber podido realizar la notificación de la inadmisibilidad de la
solicitud, al licenciado C.A.V..E., lo cual consta a folios 61, devuélvase
al licenciado W.G..G.M., la documentación original, para que si lo considera
pertinente presente nuevamente la solicitud.
c) T. nota de la dirección, medio técnico y electrónico señalados para recibir actos
de comunicación. NOTIFIQUESE.
“”””----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
-----H.N.G.-----A..M.-----L.R.MURCIA-----SANDRA CHICAS-----RCCE-----
M.A. D.-----ENRIQUE ALBERTO PORTILLO-----S.L.RIV.MÁRQUEZ------------
-----PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADA QUE LO SUSCRIBEN--
------R.A.G.B.-----SRIO.INTO----RUBRICADAS---------“”””

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