Sentencia Nº 75-ANTEJ-2019 de Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, San Salvador, 05-11-2019

Sentido del falloInhíbase la Cámara para seguir conociendo en razón de la materia, por no concurrir el requisito subjetivo para el Procedimiento Especial de Antejuicio
Número de sentencia75-ANTEJ-2019
MateriaPENAL
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Fecha05 Noviembre 2019
Delito Según dictamen de acusación se dio trámite al Procedimiento Especial de Antejuicio por el delito de Agresión Sexual en Menor; posterior al análisis de tipicidad, se desarrolló incidente de cambio de calificación jurídica, adecuando los hechos a la falta de Actos Contrarios a las Buenas Costumbres y al Decoro Público.
Tribunal de OrigenN/A
EmisorCámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, San Salvador
75-ANTEJ-2019
CÁMARA PRIMERA DE LO PENAL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL
CENTRO: San Salvador, a las catorce horas con treinta minutos del día cinco de
noviembre de dos mil diecinueve.
Habiéndose celebrado la Audiencia Preliminar en el Procedimiento Especial en
Caso de Antejuicio instruido contra el Segundo Magistrado de la Cámara Tercera de lo
Civil de la Primera Sección del Centro, Licenciado Eduardo Jaime Escalante Díaz, quien
de acuerdo al interrogatorio de identificación realizado en Audiencia Inicial es de cincuenta
años de edad, Juez de Carrera, casado con **********, hijo de ********** y **********,
del domicilio de **********, Departamento de La Libertad; se le atribuye el delito de
Agresión Sexual en Menor, Art. 161 Inc. 1° Pn., en perjuicio de la indemnidad sexual de
una niña a quien de conformidad a los Arts. 53 LEPINA y 106 No. 10) Lit. d) Pr.Pn., se
identifica como **********, de conformidad a los Arts. 144 y 362 Pr.Pn., se hacen las
siguientes CONSIDERACIONES:
I.- HECHOS ACUSADOS:
De acuerdo al Dictamen de Acusación, los hechos imputados al Magistrado
Eduardo Jaime Escalante Díaz, son los siguientes:
“[...] El día lunes dieciocho de febrero del año dos mil diecinueve, en Residencial Alta
Vista dos, **********, frente a la casa número [...] Municipio de Tonacatepeque
Departamento de San Salvador, como a eso de las cinco y media de la tarde, la niña
********** se encontraba frente a la casa antes mencionada donde reside su tía [...]
********** se encontraba hablando con un amigo a quien conoce como C*** de nombre
********** de aproximadamente siete años; cuando de forma repentina se le acerca un
sujeto desconocido y vio que era un hombre con una gorra de color negro y un short negro
una camisa blanca, alto, algo gordito, chele, y se le acercó lentamente y sin decirle nada la
agarro(sic) de los hombros y la tocó de su vulva con la mano, se la puso en la mano y se la
“choyó”(sic) hacia arriba, no le metió la mano por que(sic) andaba con un overol, cuando la
tocó observó que el señor movía su cabeza como diciendo “no” de forma rápida, y después
salió corriendo el sujeto, es en ese momento que pasaba la señora M(sic) SCR conocida
como A que es una vecina y le grito(sic) a la mamá de ********** [...] diciéndole “ese
hombre te toco(sic) la niña”, quedándose la niña congelada del miedo, sale la madre de la
casa de su tía quien le preguntó que(sic) le había pasado, manifestándole la niña
********** que un hombre le había tocado su parte genital, por lo que la señora [...] salió
corriendo tras el hombre, quedándose la niña ********** en la casa. En la persecución
observa al sujeto que iba corriendo y salía del pasaje veinticuatro a la calle de parqueo y se
metió en otro pasaje, pero el hombre seguía corriendo, al ver que el pasaje no tenía salida;
optó por regresarse y es ahí que el sujeto se detiene y la madre de ********** observa su
rostro y como andaba vestido, es decir como camiseta blanca, short negro y gorra negra, a
quien describe de estatura alta, piel blanca, cara un poco rellena, fornido, a quien nunca
había observado en el lugar, a quien siguió persiguiendo hacia la calle principal como
buscando la ruta que lleva el bus de la C1, llegando hasta una cruz calle de la misma
residencial Alta Vista, perdiéndolo de vista, por lo que se regresó y se dirigió al puesto
policial de la residencial Alta Vista, que esta(sic) como a una cuadra de dicho lugar, al
llegar encontró a un agente policial y le explico(sic) lo que le había pasado, expresándole el
agente policial que le mandaría una patrulla, por lo que decide regresarse para su casa
esperando la patrulla al ver que no llegaba decide llamar al novecientos once desde su
celular, siendo atendida por un operador. Posteriormente la señora J se entera que el sujeto
había dejado su vehículo, porque un vecino de nombre J(sic) VAM, le dijo que observo(sic)
que el sujeto que había tocado a su hija ********** se había bajado de un vehículo que
estaba en el parqueo frente a los pasajes de la residencial, y fue así que ella observo(sic) el
vehículo de color gris, de marca Nissan, polarizado, placas P734006, en ese momento
llegaron dos agentes policiales en una patrulla, y le preguntaron qué había pasado,
contándoles lo sucedido, retirándose del lugar. Posteriormente llego(sic) un hombre
desconocido, con una camisa verde, piel morena, estatura mediana, y llevaba llaves del
vehículo abandonado, dicho sujeto expresó que era el dueño, manifestándole la señora [...]
que no se lo podía llevar el vehículo por que(sic) ya habían llamado a la policía, por lo que
el hombre se retiró del lugar. Luego llegaron otros agentes policiales y además llego(sic) un
Pick Up color Blanco placas N8947, del cual se bajaron tres sujetos quienes expresaron que
eran PPI, y que tenían conocimiento que el vehículo lo habían dejado en ese lugar porque
tenía desperfectos mecánicos, no permitiendo la policía que se lo llevaran porque había una
denuncia del cometimiento de un hecho delictivo, retirándose del lugar los agentes del PPI,
quienes regresaron en compañía de un señor de saco y corbata, de apariencia mayor, en un

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