Sentencia Nº 75-COM-2022 de Corte Plena, 16-02-2023

Sentido del falloDeclárase que es competente para sustanciar y decidir el caso de mérito, el Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de la ciudad y departamento de San Salvador, juez (1).
MateriaCIVIL Y MERCANTIL
Fecha16 Febrero 2023
Número de sentencia75-COM-2022
EmisorCorte Plena
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