Sentencia Nº 80-P-2022 de Corte Plena, 22-11-2022

Sentido del falloPrevención
MateriaFAMILIA
Fecha22 Noviembre 2022
Número de sentencia80-P-2022
EmisorCorte Plena
80-P-2022
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las diez horas catorce minutos del veintidós de
noviembre de dos mil veintidós.
Por recibida la solicitud de auto de pareatis, suscrita por el licenciado Joaquín H.rto
Arévalo Rodríguez, actuando en su calidad de apoderado de la señora **********, conocida según
certificación de partida de matrimonio de folios 4, por ********* y según sentencia de folios
14-21, por **********, para ejecutar la sentencia de divorcio pronunciada por la Corte Superior
de California, Condado de Los Ángeles, Estados Unidos de América, entre su poderdante y el señor
*********.
Luego de analizado el expediente se advierte que, el profesional del derecho relacionado, no
proporciona una dirección en la cual pueda ser emplazada y dar audiencia a la parte contraria de la
existencia de las presentes diligencias, de conformidad con lo regulado en el artículo 558 del Código
Procesal Civil y Mercantil, asimismo ha omitido presentar la certificación de la partida de matrimonio
de su mandante, asentada en el Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de San
Salvador.
En razón de lo acotado, de conformidad con lo que regulan los artículos 11, 182 atribución 4ª
de la Constitución de la República de El Salvador, 144 inciso 2°, 278, 555, 556 y 558 del Código
Procesal Civil y M., esta Corte RESUELVE:
a) TIÉNESE por parte al licenciado Joaquín H..A.valo Rodríguez, como
apoderado de la señora ***********, personería que comprueba mediante el testimonio de poder
general judicial con cláusula especial presentado y agregado a folios 5, 6 y 7.
b) PREVIÉNESE al licenciado J.H.A.R., so pena de
declarar inadmisible la solicitud para que, en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del
siguiente de notificado este auto, I) proporcione una dirección exacta en la cual se pueda emplazar y
dar audiencia al señor ***********; y, II) presentar la certificación de la partida de matrimonio de
su mandante, asentada en el Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de San
Salvador.
c) mese nota de las personas, dirección, medio técnico y electrónico señalados para
recibir actos de comunicación. NOTIFÍQUESE.
-------J.A.P..--------L.J.S.M..------A.M..-------
-L. R. MURCIA.--------P.V..C.----------S. L. RIV. M..-------MIGUEL
ANGEL D.----------RCCE.------N. PALACIOS H.---------HAM.-------PRONUNCIADO POR
LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.-------JULIA I DEL CID.----
-----SRIA.-------RUBRICADAS.

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