Sentencia Nº 85-A-22 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, 30-06-2022
Sentido del fallo | Inadmisibilidad del recurso |
Tipo de Recurso | RECURSO DE APELACION |
Materia | FAMILIA |
Fecha | 30 Junio 2022 |
Número de sentencia | 85-A-22 |
Tribunal de Origen | JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA, SAN SALVADOR |
Emisor | Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador |
85-A-22
CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO: SAN SALVADOR, A LAS
DOCE HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL DÍA TREINTA DE JUNIO DEL AÑO
DOS MIL VEINTIDÓS.
IDENTIFICACIÓN DELPROCESO
El presente recurso de apelación, ha sido interpuesto por el Licenciado L..F..
.S.L., mayor de edad, abogado, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de
La Libertad, en su calidad de apoderado del señor *******, mayor de edad, ingeniero civil, de
este domicilio. Impugna la sentencia pronunciada por la JUEZA PRIMERA DE FAMILIA DE
SAN SALVADOR, SUSTANCIACIÓN UNO, Licenciada J..C.
.M..D..M., en el PROCESO DE DECLATORIA JUDICIAL DE
PATERNIDAD, ALIMENTOS, INDEMNIZACION POR DAÑO MORAL y RÉGIMEN
DE VISITA, promovido por la Defensora Pública de Familia Licenciada B.
.N..S..H., quien fue sustituida por el Defensor Público de Familia
Licenciado R.R..S.P., mayor de edad, del domicilio de San
Salvador, en calidad de representante procesal de la señora ********, mayor de edad, ama de
casa, del domicilio de *******, Departamento de *******. Intervino como Procuradora de
Familia Adscrita al Juzgado la Licenciada D.Y.H..
El Licenciado L..F..S..L. ha recurrido de la sentencia
definitiva pronunciada a las catorce horas diez minutos del día veintiuno de febrero de dos mil
veintidós, en la que, entre otras cosas, se falló: FIJASE EN CONCEPTO DE CUOTA
ALIMENTICIA LA CANTIDAD DE CIENTO VEINTICINCO DÓLARES MENSUALES, A
FAVOR DEL ADOLESCENTE *******, A CARGO DEL SEÑOR ********, LA CUAL
DEBERÁ HACERSE EFECTIVA A MÁS TARDAR EL ULTIMO DÍA HABIL DE CADA
MES A PARTIR DEL PRESENTE, POR MEDIO DE DEPOSITOS QUE DEBERÁ REALIZAR
EL SEÑOR ********, EN LA UNIDAD DE CONTROL DE DEPOSITOS DE LA
PROCUDURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, PARA SU POSTERIOR ENTREGA A LA
SEÑORA *******. SE ESTABLECE EN CONCEPTO DE INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS
MORALES A FAVOR DEL ADOLESCENTE ******* Y A CARGO DEL SEÑOR ********,
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