Sentencia Nº 87-P-2021 de Corte Plena, 08-02-2022

Sentido del falloPrevención
MateriaFAMILIA
Fecha08 Febrero 2022
Número de sentencia87-P-2021
EmisorCorte Plena
87-P-2021
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las diez horas y veintiséis minutos del ocho
de febrero de dos mil veintidós.
Recibida la solicitud de auto de pareatis presentada por los licenciados N.G.
.
R.V. y N..E.R..V., actuando con poder general judicial con
cláusulas especiales de la señora **********, conocida según sentencia de folios 12 al 33, como
**********, y según certificación de partida de matrimonio de folios 6, como **********,
solicitando permiso para ejecutar la sentencia de divorcio entre su poderdante y el señor
**********, conocido según la referida sentencia, como **********, pronunciada por la Corte
Superior del Estado de Massachusetts, Condado de Suffolk, Estados Unidos de América.
Luego de analizado el expediente, se advierte que en la solicitud de pareatis relacionada se
ha obviado referirse a la inexistencia de algún proceso en trámite en la República de El Salvador,
que concretamente verse sobre la disolución del vínculo matrimonial entre los referidos señores,
de conformidad con lo regulado en el numeral 5° del artículo 556 del Código Procesal Civil y
M..
Por lo que, con base en lo anteriormente expresado y de conformidad con lo que regulan
los artículos 11, 182 atribución 4ª de la Constitución de la República de El Salvador, 144 inciso
2°, 556 y 558 del Código Procesal Civil y M., esta Corte RESUELVE:
a) TIÉNESE por parte a los licenciados N...G.R.V. y N....
.
E.R.V.na, actuando con poder general judicial con cláusulas especiales de la
señora **********, personería que comprueban por medio de testimonio de poder, presentado y
agregado a folios 4 y 5.
b) PREVIÉNESE a los licenciados N.G..R.V. y N.E.abeth
R.V., so pena de declarar inadmisible la solicitud para que, en un plazo de quince días
hábiles, contados a partir del día siguiente de notificado este auto se manifiesten sobre la
existencia o inexistencia de algún proceso en trámite en la República de El Salvador, que
concretamente verse sobre la disolución del vínculo matrimonial así como de una sentencia
emitida por un tribunal salvadoreño y que produzca cosa juzgada al respecto.
c) T. nota de la dirección y medio técnico señalados para recibir actos de
comunicación. NOTIFÍQUESE.
--------J.A.P..--------L.J.S.M..---------A.M..---
--------M.A.D.V.C.-.J.C.V.-----L. R. MURCIA.---
--E. QUINT. A.-----------PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS
QUE LO SUSCRIBEN.---------------JULIA I DEL CID.----SRIA.------RUBRICADAS.

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