Sentencia Nº 90-P-2016 de Corte Plena, 24-04-2018

Sentido del falloEstése a los resuelto por esta Corte
EmisorCorte Plena
Fecha24 Abril 2018
MateriaFAMILIA
Número de sentencia90-P-2016
90-P-2016. vb.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las diez horas treinta y siete minutos del
veinticuatro de abril de dos mil dieciocho.
Agréguese el escrito presentado a folios 99 por la licenciada Sonia Araceli Machado
Trinidad.
A sus antecedentes el escrito presentado por el abogado Roberto Carlos Martínez Linares a
fs. 100, en el cual expone que es Apoderado Judicial del señor **********, actuando en
sustitución de la licenciada Sonia Aracely Machado Trinidad; comprobándolo con el Poder
General Judicial con Cláusulas Especiales que adjunta, asimismo presenta Declaración Jurada
otorgada por la señora **********, ex esposa de su poderdante, en la cual reconoce la sentencia
de divorcio pronunciada por la Corte de Distrito del Condado y Estado de Oklahoma, Estados
Unidos de América, otorgada ante los oficios del Cónsul General de El Salvador en la ciudad de
Dallas, Estado de Texas, Estados Unidos de América, José Mario Mejía Barrera.
Tiénsese por parte al licenciado Roberto Carlos Martínez Linares, en sustitución de la
licenciada Sonia Araceli Machado Trinidad, y como solicita que se continúe con el proceso de
acuerdo a la ley esta Corte RESUELVE:
ESTÉSE A LO RESUELTO por esta Corte en resolución de las diez horas nueve
minutos del once de mayo de dos mil diecisiete, sobre la INADMISIBILIDAD DE LA
SOLICITUD.
NOTIFÍQUESE.

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