Sentencia Nº 94-P-2020 de Corte Plena, 30-08-2022

Sentido del falloPrevención
MateriaFAMILIA
Fecha30 Agosto 2022
Número de sentencia94-P-2020
EmisorCorte Plena
94-P-2020
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las diez horas y nueve minutos del treinta
de agosto de dos mil veintidós.
Por recibido el escrito de folios 52, suscrito por la licenciada K..M.la Flores
Colocho y acta de sustitución que anexa, presentándose como apoderada del señor ************
en sustitución del licenciado N.A.J..E., relacionado a solicitud de pareatis
para ejecutar la sentencia de divorcio, que disolvió el vínculo matrimonial entre el referido señor
************* y la señora *************, pronunciada por la Corte Superior de California,
Condado de Los Ángeles, Estados Unidos de América.
Es menester recordar que el poder general judicial comprende la universalidad de
actuaciones que han sido delegadas en un abogado determinado y, cuando este poder es sustituido
en otro abogado, el acta que contiene tal declaración debe ir anexada al poder original, con su
respectivo enlace. En ese sentido, presentar el acta de sustitución sin el respectivo poder,
constituye una omisión que debe subsanarse para poder dar trámite a la petición contenida en el
escrito al inicio relacionado; sin embargo, tal testimonio se encuentra agregado de folios 4 al 6 de
las presentes diligencias, y, habiéndose constatado que el acta de sustitución presentada la ha
otorgado el abogado J.E., se ordenará el desglose del mismo juntamente con el acta
presentada, para que la abogada Flores Colocho legitime debidamente su personería.
Por lo que, con base en lo anteriormente expresado y de conformidad con lo que regulan
los artículos 11, 182 atribución 4ª de la Constitución de la República de El Salvador, esta Corte
RESUELVE:
Previo a resolver lo solicitado a folios 52, desglósese el testimonio del poder general
judicial agregado a folios 4 al 6 y el acta de sustitución de folios 54, para ser entregados a la
licenciada K.M.F.C., a fin de que presente el poder y acta de sustitución en
debida forma y pueda dar continuidad a los intereses del señor *********** en las presentes
diligencias.
T. nota de las personas y medios técnico y electrónico señalados para recibir actos de
comunicación. NOTIFÍQUESE.
-----L..J..S..M..------H.N.G.---------O. CANALES C-----------A..
.
M..-----------L.R.MURCIA-------RCCE.-----SANDRA CHICAS.----------E.
.
A..P..------------S. L.RIV.MARQUEZ.----------PRONUNCIADO POR LOS
MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.-----JULIA I DEL CID.-----
SRIA.----RUBRICADAS.

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