Sentencia Nº APN-112-119-19 de Cámara de la Tercera Sección de Occidente, Ahuachapán, 23-05-2019
Emisor | Cámara de la Tercera Sección de Occidente, Ahuachapán |
Sentido del fallo | a) No ha lugar a revocar la detención provisional decretada por la jueza primero de paz de ahuachapan |
Tipo de Recurso | RECURSO DE APELACION |
Materia | PENAL |
Número de sentencia | APN-112-119-19 |
Normativa aplicada | D.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE |
Fecha | 23 Mayo 2019 |
Delito | Tráfico Ilícito |
Tribunal de Origen | JUZGADO PRIMERO DE PAZ DE AHUCHAPÁN |
APN-112-119-19
Cámara de la Tercera Sección de Occidente: Ahuachapán, a las once horas treinta minutos del
veintitrés de mayo de dos mil diecinueve.
El presente proceso penales instruido contra los imputados BEPH, de treinta y un años de
edad, mecánico automotriz, soltero, salvadoreño, originario y vecino de esta ciudad, residente en
**********, hijo de ********** y **********, con documento único de identidad número
**********; DASI, de veintisiete años de edad, empleado, salvadoreño, soltero, originario y
vecino de esta ciudad, residente en **********, hijo de ********** y **********, con
documento único de identidad número **********; y WRAV o WRZA o WRSA, de veintidós
años de edad, jornalero, salvadoreño, soltero, originario y vecino de esta ciudad, residente en
**********, hijo de ********** y **********; procesados por el delito de tráfico ilícito,
regulado en el art. 33 LRARD, en perjuicio de la salud pública.
Dicho proceso ha sido remitido para conocer los recursos de apelación interpuestos por el
licenciado Alexander Armando Rodríguez Herrera, en su calidad de defensor particular de los
tres imputados; y por el licenciado JMC, como defensor particular del imputado BEPH, contra la
resolución pronunciada por la jueza primero de paz de esta ciudad, en la que decreta detención
provisional.
Admisibilidad del recurso.
Los recursos de apelación cumplen con los requisitos legales, en tal sentido se admiten.
Fundamentos de la decisión judicial.
“(…)la conducta descrita se adecua a la que regula el artículo en comento, ya que la
droga fue encontrada a los imputados en el baúl del vehículo (…) se le practicó la prueba de
campo la cual resulta POSITIVA CON ORIENTACION A MARIHUANA (…) dicha evidencias
se encontró en poder de los imputados quienes la transportaba, y portaba dentro de su esfera de
dominio, según consta en acta de detención, agregada a folios 7 (…) según detalle asciende a
evidencia uno 20,547.7 gramos. Peso neto total de las cuarenta y cinco evidencias con el que se
pueden confeccionar 41,096 cigarrillos aproximadamente, que se obtendría un beneficio
económico de $ 23,424.37 dólares (…)se presume objetivamente que era el trafico su intención
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba