Sentencia Nº APN-272-17 de Cámara de la Tercera Sección de Occidente, Ahuachapán, 27-09-2017

Sentido del falloRevócase la detención provisional e impónganse medidas cautelares alternas
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION CONTRA AUTOS
EmisorCámara de la Tercera Sección de Occidente, Ahuachapán
MateriaPENAL
Fecha27 Septiembre 2017
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentenciaAPN-272-17
Delito Agresión sexual en menor e incapaz agravada
Tribunal de OrigenJuzgado de Paz de San Francisco Menéndez
APN-272-17
Cámara de la Tercera Sección de Occidente: Ahuachapán, a las catorce horas treinta minutos del
día veintisiete de septiembre de dos mil diecisiete.
El presente proceso penal se instruye contra Rafael Antonio M. G., de treinta y siete años
de edad, agricultor, casado, salvadoreño, originario y vecino de San Francisco Menéndez, con
residencia en caserío [...] cantón [...], hijo de [...] y [...], con documento único de identidad
número [...]; a quien se le atribuye el delito de agresión sexual en menor e incapaz agravada,
prescrito en el artículo 161 del Código Penal, en perjuicio de la libertad sexual de la víctima cuyo
nombre se omite por ser menor de edad. El que ha sido remitido por recurso de apelación
interpuesto por el defensor particular, licenciado Luis Esaú Orellana Ibarra, en contra de la
resolución dictada por la jueza de paz de San Francisco Menéndez que impone la detención
provisional.
Admisibilidad del recurso.
Cumpliendo el promotor de la alzada los requisitos de admisión, admítese el presente
recurso.
Fundamentos de la resolución.
“(…) el ilícito atribuido al imputado es de AGRESION SEXUAL EN MENOR O
INCAPAZ (…) la certificación de la partida de nacimiento de la víctima (…) los hechos
comenzaron a suceder en el mes de abril del presente año (…) había cumplido trece años (…) se
han incorporado acta de denuncia en UNIMUJER (…) denuncia (…) contra de Rafael Antonio
M. G. (…) conocido (…) el hermano L. o hermano Rafael (…) es un diácono de la iglesia (…)
desde el mes de abril del presente año realiza actos de acoso sexual, comenzando con decirle
que estaba bonita, y que si ella permitía él dejaba a su mujer y a sus cuatro hijos para
acompañarse con ella (…) él la perseguía cuando salía de la iglesia y que iba a pedirle permiso
a la mamá de ella y como en tres ocasiones la enamoraba solo en lugares solos y que la
abrazaba hasta besarla y que en esas tres ocasiones le acarició sus partes íntimas y que quería
forzarla a tener relaciones sexuales, además le decía que no la iba embarazar (…) acta de
entrevista de la víctima (…) comenzó acosar sexualmente (…) diciéndole que estaba bien bonita
(…) la noche que ella salió de la iglesia donde se congregan junto con su hermana [...] (sic) el
ahora imputado (…) la siguió por un callejón (…) les salió adelante (…) M. (…) no la dejaba ir,
obligándola a que lo abrazara y lo besara y le agarraba sus manos y la forzaba y luego con sus

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