Sentencia Nº CYM-SFG-11-09-09-19 de Cámara de lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, 14-10-2019

Sentido del falloConfírmase en todas sus partes la sentencia venida en apelación.
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaCIVIL Y MERCANTIL
Fecha14 Octubre 2019
Número de sentenciaCYM-SFG-11-09-09-19
Tribunal de OrigenJUZGADO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN FRANCISCO GOTERA
EmisorCámara de lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel
CyM-SFG-11-09-09-19
CÁMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DE ORIENTE: San Miguel, a las once
horas y cincuenta y cinco minutos del día catorce de octubre del año dos mil diecinueve.
1. IDENTIFICACION DE LAS PARTES Y DEL PROCESO.
1.1. Vista en apelación la sentencia pronunciada por el señor Juez de lo Civil y
Mercantil de San Francisco Gotera, a las quince horas del día veintinueve de agosto del año dos
mil diecinueve; alzada interpuesta por el Licenciado HUGO JAVIER DIAZ CAMPOS, en el
PROCESO ESPECIAL CIVIL EJECUTIVO; promovido por las Licenciadas BLANCA
ESTHER GARAY SANCHEZ, conocida por BLANCA ESTER GARAY SANCHEZ, y KARLA
GUADALUPE FERNANDEZ ESCOBAR, ambas mayores de edad, Abogadas, de este
domicilio, con tarjetas de identificación de abogadas números en su orden:**********, y
**********, como apoderadas generales judiciales y especiales de la “ASOCIACION
COOPERATIVA DE AHORRO, CREDITO Y APROVISIONAMIENTO CORINTO, DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA”, que se abrevia “ACOACAC, DE R.L.”, con número de
Identificación Tributaria: **********, representada legalmente por el Presidente del Consejo de
Administración, señor ABGB, mayor de edad, Profesor, del domicilio de Corinto, departamento
de Morazán, con Documento Único de Identidad número: **********; contra los señores JEHZ,
mayor de edad, mecánico industrial, del domicilio de Corinto, departamento de Morazán, con
Documento Único de Identidad número:**********;LJVG, mayor de edad, mecánico en
estructuras metálicas, del domicilio de Corinto, departamento de Morazán, con Documento Único
de Identidad número: **********;JWBG, mayor de edad, comerciante, del domicilio de Corinto,
departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad número: **********, y SMCO,
mayor de edad, comerciante, del domicilio de Corinto, departamento de Morazán, con
Documento Único de Identidad número: **********; representados por su apoderado general
judicial, Licenciado HUGO JAVIER DIAZ CAMPOS, mayor de edad, Abogado, de este
domicilio, con tarjeta de identificación de abogado número: **********.
1.2. El proceso ha sido identificado en el juzgado de origen con la Referencia: Exp:
#25/2019/Colab.6; y en este tribunal bajo la referencia: CyM. S.F.G /#11/09-09-19.
1.3. Han intervenido en primera instancia como en ésta ambas partes, en la forma
relacionada en el numeral 1.1. de esta resolución.
1.4. La presente sentencia se dicta como lo dispone el Art. 213 CPCM, por el
Licenciado JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, en calidad de Magistrado Presidente
de esta Cámara, y por el Licenciado AUGUSTO ANTONIO ROMERO BARRIOS, como
segundo Magistrado de Cámara, en funciones, después de desarrollada la audiencia, de
conformidad al Art. 514 CPCM, y dando cumplimiento al Art.515 CPCM.
LEIDO LOS AUTOS:
2.ANTECEDENTES DE HECHO.
2.1. Que con fecha doce de febrero del año dos mil diecinueve, se presentó la demanda
al Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera, departamento de Morazán,
pero dándole cumplimiento al Decreto Legislativo número 276, de fecha 21 de marzo de 2019,
publicado en el Diario Oficial número sesenta y nueve, tomo número cuatrocientos veintitrés, de
fecha nueve de abril del año dos mil diecinueve, referente a las Reformas a la Ley Orgánica
Judicial Relativas a la Competencia y Denominaciones de Cámaras y Juzgados de la Zona
Oriental de la República y Cámara de la Niñez y Adolescencia, fue remitida al Juzgado de lo
Civil y Mercantil de San Francisco Gotera, departamento de Morazán, tal demanda, de
PROCESO ESPECIAL CIVIL EJECUTIVO; promovido por las Licenciadas BLANCA
ESTHER GARAY SANCHEZ, conocida por BLANCA ESTER GARAY SANCHEZ, y
KARLA GUADALUPE FERNANDEZ ESCOBAR, como apoderadas generales judiciales y
especiales de la “ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO, CREDITO Y
APROVISIONAMIENTO CORINTO DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, que se abrevia
“ACOACAC DE R.L.”, representada legalmente por el Presidente del Consejo de
Administración, señor ABGB; contra los señores JEHZ, LJVG, JWBG y SMCO, que consta
agregada de fs.1 f. al 4 v. de la pieza principal, en la cual esencialmente EXPRESO:
“““HECHOS: Que el día diez de Junio del año dos mil quince, nuestra representada concedió un
crédito de Mutuo Prendario con garantía de Principal Pagador y Codeudores Solidarios, a los
Señores JEHZ, LJVG, JWBG y SMCO, por la suma de CUARENTA Y UN MIL
SEISCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, a un interés de
QUINCE POR CIENTO ANUAL SOBRE SALDOS, y el interés del DIECIOCHO POR
CIENTO ANUAL sobre capital en mora, para el Plazo de CIENTO VEINTE MESES,
contados a partir del día diez de junio de dos quince, y cuyo vencimiento es el diez de junio de
dos mil veinticinco, según consta en la Escritura Pública de MUTUO PRENDARIO Suscrito
por el demandado y sus Codeudores Solidarios, el cual fue otorgado en la Ciudad de Corinto,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR