Sentencia Nº INC-199-2020 de Cámara Segunda de lo Laboral, San Salvador, 20-11-2020

Sentido del falloSentencia confirmatoria
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaLABORAL
Fecha20 Noviembre 2020
Número de sentenciaINC-199-2020
Tribunal de OrigenJUZGADO CUARTO DE LO LABORAL, SAN SALVADOR
INC-199-2020
CAMARA SEGUNDA DE LO LABORAL: En la ciudad y Departamento de San Salvador, a
las catorce horas del día veinte de noviembre de dos mil veinte.
VISTOS en apelación de la sentencia pronunciada por la Señora Jueza Cuarto de lo
Laboral con sede en esta ciudad, a las catorce horas y cincuenta y cinco minutos del día
veintinueve de julio del presente año, en el juicio individual ordinario de trabajo promovido por
el licenciado Nelson Douglas Hernández Argueta, como Defensor Público Laboral, actuando en
nombre y representación de la trabajadora SCGP, contra la sociedad PANADERIA EL
ROSARIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de esta
ciudad, reclamando indemnización por despido injusto, vacación y aguinaldo proporcionales,
sentencia mediante la cual, la Señora Jueza A quo resolvió lo siguiente: “(…) FALLO: 1) Ha
lugar a las excepciones opuestas y alegadas por la patronal; y 2) Absuélvase a la sociedad
PANADERIA EL ROSARIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se
abrevia PANADERIA EL ROSARIO, S.A DE C.V, demandada como PANADERIA EL
ROSARIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio, de las
acciones incoadas por la trabajadora SCGP, en la demanda de mérito. HAGASE SABER. -
(…)”. -
Intervinieron como partes en la instancia que precede, el licenciado Hernández Argueta,
en el carácter ya indicado y la de igual cargo, licenciada Ana Mercedes Melgar Martínez; así
como la licenciada Deborah Jeannet Chávez Crespín, como apoderada general judicial con
cláusula especial de la sociedad demandada. En la presente instancia se apersonaron las
licenciadas Melgar Martínez, en el carácter de apelante, y Fátima Lucia Campos Murillo como
apoderada general judicial con cláusula especial de la sociedad demandada, en el carácter de
apelada.
LEIDOS LOS AUTOS;
ANTECEDENTES DE HECHO:
1) Que con fecha veinticuatro de enero del presente año, el licenciado Hernández Argueta,
presentó la demanda de Fs. 1 de la pieza principal. -
2) Que según consta en autos se siguió el trámite de ley en el curso de la primera instancia
hasta pronunciarse sentencia, contra la que se interpuso recurso de apelación, siendo el motivo
por el cual esta Cámara conoce del juicio en grado.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR