Sentencia Nº INC-25-2017-JVPEP-4SS-AP de Cámara Mixta de Tránsito Y de Vigilancia Penitenciaria Y de Ejecución de la Pena, San Salvador, 25-05-2017

Sentido del falloRevócase el beneficio de la libertad condicional
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION CONTRA AUTOS
Fecha25 Mayo 2017
Número de sentenciaINC-25-2017-JVPEP-4SS-AP
Delito Administración fraudulenta
Tribunal de OrigenJuzgado Cuarto de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de la Pena de San Salvador
INC-25-2017-JVPEP-4SS-AP
CÁMARA MIXTA DE TRÁNSITO Y DE VIGILANCIA PENITENCIARIA Y DE
EJECUCIÓN DE LA PENA DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San Salvador, a
las quince horas y treinta y dos minutos del día veinticinco de mayo de dos mil diecisiete.
En la Secretaria de este Tribunal, a las diez horas y nueve minutos del día veintidós de los
corrientes mes y año, se recibió el oficio número 2024-17 de la misma fecha, procedente del
JUZGADO CUARTO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA Y DE EJECUCIÓN DE LA
PENA de esta ciudad, junto al cual se remitió a esta Cámara, con 207 folios, el expediente,
clasificado en ese juzgado, con número de referencia 158-T8-CP-17, a través del que se controla
el cumplimiento de la pena impuesta a la interna OLRA, quien al momento de ser condenada era
de cuarenta y seis años de edad, divorciada, secretaria, del domicilio de **********,
Departamento de La Libertad, hija de ********** y **********, a quien se le impuso la pena
de TRES AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN, por la comisión del ilícito penal de
ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA, tipificado en el Art. 218 del Código Penal, así como a
la pena accesoria de la perdida de sus derechos de ciudadana; y, al pago de TREINTA Y TRES
MIL QUINIENTOS VEINTISÉIS DÓLARES Y TREINTA Y CUATRO CENTAVOS DE
DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en concepto de responsabilidad civil a
favor de la sociedad “IREX DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE”; y, además, a las quince horas de esa misma fecha, se recibió el oficio número
2035-17;de igual forma procedente de dicho Juzgado, y por medio del cual se remitió a este
Tribunal, el escrito, presentado en ese juzgado, por el licenciado German Antonio González
Ortéz a las once horas y cinco minutos del día veintidós de mayo del presente año, y copia simple
del mismo; asimismo, se envióel original del auto dictado por la señora Juez, a las once horas con
veintisiete minutos del día veintidós de mayo del año en curso.
Han intervenido en primera instancia, dentro de la fase de ejecución, los
licenciados MARIO GONZÁLEZ VENTURA y DAYSI CAROLINA ARDÓN ALVARENGA,
el primero de generales desconocidas por esta Cámara, y la segunda, mayor de edad, abogada, de
este domicilio, quienes actúan en su calidad de Agentes Auxiliares del señor Fiscal General de la
República, y el licenciado GERMAN ANTONIO GONZÁLEZ ORTÉZ, de generales
desconocidas en este Tribunal, actuando en su calidad de Defensor Particular de la señora OLRA.
Dichas remisiones, han sido realizadas, en virtud del RECURSO DE APELACIÓN,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR